3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-56)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas de la Universidad Pablo de Olavide. Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

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1. INTRODUCCIÓN
1.

El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía (CCA), en virtud de lo dispuesto en la Ley 1/1988,
de 17 de marzo, de su creación, acordó incluir en el Plan de Actuaciones para el ejercicio 2019 la
realización de un informe relativo a la “Fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas de la
Universidad Pablo de Olavide”, correspondiente al ejercicio 2018.

2.

La fiscalización se ha diseñado para efectuar una auditoría de cumplimiento de legalidad y seguridad razonable de las áreas de presupuesto, modificaciones, cuentas anuales, contratación, personal, becas propias y subvenciones propias concedidas y otras transferencias realizadas, con el objetivo de obtener una evidencia adecuada, suficiente y pertinente sobre la existencia de incumplimientos significativos del marco legal aplicable a la gestión de los fondos públicos por la Universidad Pablo de Olavide (UPO), que sirva de base para la formulación de una opinión. El marco normativo de aplicación a la materia fiscalizada se resume en el Anexo 1 de este informe.
Asimismo, se ha planteado una revisión de seguridad limitada de la organización interna, entidades dependientes y control interno basada, fundamentalmente, en la aplicación de procedimientos analíticos y actuaciones de indagación.
La fiscalización de las citadas áreas se ha realizado con el alcance y metodología que se concreta
en el Apéndice 1. En el Anexo 2 se incluyen los principales estados de la liquidación del presupuesto de 2018.

3.

Para la realización del trabajo, de acuerdo con la Resolución de 21 de noviembre de 2019 de la
CCA, se ha contado con la colaboración de la compañía auditora Grupo de Auditores Públicos,
S.A.P.

4.

Los órganos de gobierno y dirección de la UPO deben garantizar que las actividades relativas a la
gestión del presupuesto y sus modificaciones; de la formulación y rendición de las cuentas anuales;
la estabilidad presupuestaria; la contratación; los recursos humanos; las subvenciones propias
concedidas y otras transferencias realizadas, resulten conformes con las normas aplicables. Además, son responsables de establecer el sistema de control interno que consideren necesario para
garantizar que la actividad revisada esté libre de incumplimientos legales debidos a fraude o error.

5.

El Consejo Social es el órgano de participación de la sociedad en la Universidad y le corresponde,
entre otras funciones, la supervisión de las actividades de carácter económico y del rendimiento
de sus servicios.

6.

El Consejo de Gobierno es el órgano que establece las líneas estratégicas y programáticas, así como
las directrices y procedimientos para su aplicación en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos y elaboración del proyecto de presupuesto.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE
OLAVIDE EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD