3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-56)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas de la Universidad Pablo de Olavide. Ejercicio 2018.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

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establecer reglas concretas de valoración que sirvan de pauta para la posterior puntuación de las
ofertas dentro de los límites de la discrecionalidad técnica y como garantía de los principios de
igualdad, no discriminación, transparencia, proporcionalidad, objetividad y competencia efectiva, de conformidad con el artículo 145.5 b) y c) LCSP (Resoluciones TARCJA 48/2016, 137/2017,
157/2018, 192/2019 y 199/2019).
A.58.

En el perfil del contratante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, de conformidad con el artículo 347 LCSP, no se han publicado las actas 1 a 10 de 2018 de la mesa de
contratación relativas al procedimiento de adjudicación, incumpliendo el artículo 63.3 e) LCSP.
Dichas actas se publicaban en el perfil del contratante alojado en la propia web de la Universidad.
Como hecho posterior, en febrero de 2021, se han publicado dichas actas en el perfil del contratante ubicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

A.59.

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Contratos no menores en ejecución en 2018 adjudicados en ejercicios anteriores
A.60.

En el examen de la ejecución durante 2018 de los contratos no menores adjudicados en ejercicios
anteriores, se ha verificado de conformidad el cumplimiento de las condiciones y exigencias establecidas en el contrato y los pliegos, así como el TRLCSP, en función del objeto, con especial
análisis de la observancia de las condiciones especiales de ejecución, vigencia, facturación, conformidad y abono, y, en su caso, certificaciones de obra, recepción, modificaciones, revisiones y
prórrogas.
Contratos menores 2018
La UPO no ha publicado la relación de contratos menores excluidos aquellos de valor estimado
inferior a cinco mil euros pagados mediante anticipo de caja fija o similar, correspondiente a los
tres primeros trimestres del ejercicio 2018, con incumplimiento del artículo 63.4 LCSP.

A.62.

En cuanto al cumplimiento de los umbrales para la contratación menor, establecidos en el artículo 118 LCSP, en ocho de los treinta y siete expedientes de la muestra se ha superado el umbral
de la contratación menor (expedientes de obras, 2018/02594, 2018/03149, 2018/03333, de servicios, 2018/03153, 2018/08626, 2018/04070 y 2018/23513, y de suministros 2018/00820).

A.63.

De conformidad con los artículos 118.1 y 3 LCSP, en los contratos menores se exigirá informe del
órgano de contratación motivando la necesidad del contrato, que no se está alterando el objeto
para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación y que el contratista no ha suscrito
más contratos menores que individual o conjuntamente superen el umbral, cuestión que deberá
ser comprobada por el órgano de contratación.

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00255676

A.61.

Punto suprimido por la alegación presentada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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