3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-54)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas de la Universidad Internacional de Andalucía. Ejercicio 2018.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

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ALEGACIÓN Nº 13, A LOS PUNTOS 31, A.38 Y A.39 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
Al igual que hemos comentado en el apartado 29: en junio de 2021 se ha aprobado el Plan Estratégico 2021-2024 en el que se incluyen los proyectos estratégicos y los objetivos perseguidos clasificados por Vicerrectorados, Sedes y otros Centros de la Universidad. En el presupuesto se clasifican
las unidades orgánicas o centros de coste con el mismo detalle que el plan estratégico por lo que los
créditos asignados estarían asociados en su gran parte a los proyectos estratégicos. De esta forma
se podrán incluir, de forma más clara, indicadores de medición de los objetivos asociados a los programas de gasto.
La UNIA obtiene la liquidación provisional de su presupuesto en la fecha establecida y envía información de la misma (estados y anexos de ejecución presupuestaria) a la Consejería competente en
materia de Universidades, así como a la Intervención General de la Junta de Andalucía (el
30/01/2019 se remitieron los estados provisionales del ejercicio 2018 y el 24/04/2019 los estados
de liquidación definitivos). No obstante, para el ejercicio 2021 vamos a establecer un protocolo de
información al órgano competente de la UNIA, que proporcione registro y evidencia sobre la liquidación del ejercicio económico en las fechas establecidas, conteniendo un extracto de los estados
presupuestarios que después integrarán las cuentas anuales de la Universidad.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
Indican la adopción de medidas en ejercicios posteriores que permitan someter a aprobación la
liquidación definitiva dentro del plazo del artículo 81.5 LOU.

ALEGACIÓN Nº 14, A LOS PUNTOS 33 Y A.43 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
La UNIA históricamente ha mantenido un periodo medio de pago a proveedores inferior a 30 días
desde la entrada de la factura en registro administrativo. En la misma línea y reforzando el indicador
anterior el plazo medio de aceptación o conformidad de las facturas recibidas ha sido siempre inferior a 30 días. Esto supone que el reconocimiento de obligación de las facturas registradas y conformadas es inmediato por parte de los gestores económicos, por lo que difícilmente se producen situaciones de retraso en el procedimiento.
No obstante, se ha procedimentado la generación y envío de dichos informes al órgano de control
interno, aunque carezcan de contenido para cumplir con lo establecido en la norma.
El órgano de control interno cumplirá también con lo establecido en el artículo 12.2 de la Ley elaborando un informe anual sobre morosidad a partir de los cuadros anuales de plazo medio de pago a
proveedores facilitado por la unidad de contabilidad.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN

00255737

Como puede observarse de la lectura del punto A.42 del informe, pese a que el periodo medio de
pago se ha mantenido por debajo del límite máximo en 11 de los 12 meses, el 33% de las
operaciones pagadas representativas del 34% del saldo total, y el 10% de las operaciones

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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