3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-55)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas de la Universidad de Huelva. Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

página 2412/71

ALEGACIÓN Nº 15, A LOS PUNTOS 37 Y A.79 (ALEGACIÓN ADMITIDA PARCIALMENTE)
En ninguno de los casos mencionados se superan los umbrales establecidos por el artículo 118 y la
Disposición Adicional 54ª de LCSP, como se describe pormenorizadamente en la alegación al Apéndice 79.
La disposición adicional quincuagésima cuarta de la LCSP, introducida por el número dos de la disposición final cuadragésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2018 aumentaba el límite previsto en el artículo 118 de la LCSP para los contratos menores
de suministros y servicios hasta un valor estimado de 50.000 euros para los contratos celebrados por
los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, siempre que no vayan
destinados a servicios generales y de infraestructura del órgano de contratación. Dentro del Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación se encuentran las universidades que tienen, entre otras,
la función de creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia y de la técnica.
Tal es el caso de (importes IVA excluido):

(…)

Veintidós contratos menores de edición, impresión, encuadernación, reimpresión, de libros
y revistas con el mismo contratista en 2018 por importe de 21.730 euros (SEM/000524/2018 y
otros).
Como se puede observar en el archivo que se adjunta la mayor parte de los contratos menores formalizados con ese proveedor (SEM/000524/2018 y otros) responden a lo regulado en la disposición
adicional quincuagésima cuarta de la LCSP, por lo que en ningún momento se supera el umbral establecido para este tipo de contratos. (Se adjunta archivo con los contratos acogidos a esta disposición. Apéndice A.79 b)

Treinta y dos contratos menores de suministro de equipamiento informático con el mismo
contratista en 2018 por importe de 23.862 euros (SM/002882/2018 y otros).
Con los contratos de suministro de equipamiento informático (SM/002882/2018 y otros) sucede lo
mismo que en el caso anterior. Se puede comprobar en el archivo que se adjunta que en ningún caso
se superan los umbrales establecidos para la contratación menor. (Se adjunta archivo con los contratos acogidos a esta disposición. Apéndice A.79 c).
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN

ALEGACIÓN Nº 16, A LOS PUNTOS 40 Y A.93 (ALEGACIÓN ADMITIDA PARCIALMENTE)
(…)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00255675

La alegación manifiesta la aplicación a las universidades de la DA 54ª LCSP como agentes públicos
del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, y que los contratos identificados no superan el umbral superior fijado en la misma, pero no aporta argumentos que justifiquen el hecho de
que dichos contratos no se destinen a servicios generales y de infraestructura del órgano de contratación, requisito necesario para la aplicación del umbral de contratación menor previsto en la citada
disposición.