3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-55)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas de la Universidad de Huelva. Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

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5. OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD CON SALVEDADES
En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, excepto por los posibles efectos de los hechos
que pudieran derivarse de las limitaciones (§§23;33;34;36,40,42,43,46a50,52) y por los incumplimientos descritos en el apartado “Fundamentos de la opinión de cumplimiento de legalidad
con salvedades”, las actividades relativas al presupuesto y sus modificaciones, a la formulación y
rendición de las cuentas anuales, a la estabilidad presupuestaria, a la contratación administrativa, a la gestión de los recursos humanos, a las subvenciones propias y otras transferencias realizadas correspondientes al ejercicio 2018, resultan conformes, en todos los aspectos significativos, con la normativa de aplicación.

53.

6. OTROS ASPECTOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO
Sobre el control interno, organización interna y estructura funcional
54.

La composición del Claustro Universitario, y de las Juntas de Escuela consideradas en su conjunto,
no cumplen con el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres establecido en la DA
1ª de la LO 3/20076, de conformidad con el artículo 16 de la citada Ley Orgánica, el artículo 13 b)
in fine de la LOU, el artículo 20.3 de la Ley 12/2007 y el artículo 9 de los Estatutos de la UHU.
(§A.10)

55.

La independencia, objetividad e imparcialidad del Área de Auditoría y Control Interno en el desarrollo de sus funciones no queda debidamente garantizada, al estar integrada orgánica y funcionalmente dentro del órgano encargado de la gestión ordinaria de la Universidad. (§A.15)

56.

La Universidad no ha aprobado la normativa interna (reglamento interno o desarrollo en las NEP)
aplicable al ámbito del control interno de la actividad económico-financiera. En este sentido, no
extiende la fiscalización previa a todos los actos de contenido económico, ni aplica el control
financiero. Tampoco lleva a cabo una planificación de las actuaciones de control. (§A.17)

57.

Por otro lado, la UHU carece de manuales de procedimientos y funcionamiento con indicación
de responsabilidades vinculadas a los puestos ni sistemas de información específicos o módulos
del sistema de información general para el control interno, y la gestión de la contratación y las
becas y otras subvenciones propias concedidas. (§A.18)

58.

La entidad no dispone de un procedimiento para la gestión de la tesorería en el que se describan
claramente los trámites administrativos de cobros y pagos. No se depuran las cuentas bancarias
sin saldo que, al menos en los dos últimos años, no muestran movimientos7. (§A.19)

59.

La Universidad no ha podido facilitar el detalle del inventario de bienes y derechos actualizado
por lo que no ha podido verificarse ni su existencia ni su coherencia con la información reflejada
en los estados financieros. (§A.20)

DA 1ª LO 3/2007 “A los efectos de esta Ley, se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que,
en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento”.
7 Punto modificado por la alegación presentada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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