3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/33-38)
Orden de 9 de febrero de 2022, por la que se regulan en la Comunidad Autónoma de Andalucía el acceso, los criterios, los procedimientos de admisión y matriculación del alumnado de enseñanzas artísticas superiores en los centros docentes públicos, así como las pruebas de acceso a las citadas enseñanzas.
80 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2447/39
c) Prueba de voz. La persona aspirante presentará al tribunal:
- Texto en verso dramatizado. Mínimo ocho versos y máximo catorce versos.
- Texto leído a primera vista. A facilitar por el tribunal.
- Ejercicios de de ritmo y entonación propuestos por el tribunal.
2.3.4. Para el itinerario Interpretación textual.
El ejercicio tendrá como objetivo evaluar las aptitudes artísticas en relación con las
capacidades vocales, corporales e interpretativas de la persona aspirante y constará de
tres apartados:
a) El tribunal propondrá la realización de un trabajo individual o colectivo tendente a la
valoración de la disponibilidad corporal, el sentido rítmico, la coordinación y disociación,
y el control espacial de los aspirantes. El tribunal podrá interrumpir o dar por finalizado el
ejercicio a partir de los cinco minutos de su duración.
b) Prueba para la valoración de las habilidades interpretativas. La persona aspirante
presentará al tribunal dos monólogos:
- Un monólogo dramático de un máximo de cinco minutos de duración.
- Un monólogo de un personaje femenino y de un personaje masculino.
Ambos textos serán determinados en la convocatoria de la prueba.
c) Prueba de voz. La persona aspirante presentará al tribunal:
- Texto en verso dramatizado. Mínimo ocho versos y máximo catorce versos.
- Texto leído a primera vista. A facilitar por el tribunal.
- Ejercicios de ritmo y entonación propuestos por el tribunal.
3. Calificación de la prueba específica de acceso.
Cada ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, y se expresará con dos decimales,
redondeándose a la centésima más próxima, y en caso de equidistancia, a la superior.
La calificación final de la prueba específica resultará de la media aritmética de
los dos ejercicios de la prueba. Dicha calificación se expresará con dos decimales,
redondeándose a la centésima más próxima, y en caso de equidistancia, a la superior.
En el supuesto de empate en la calificación final de la prueba específica de acceso,
se dará preferencia a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio 2.
ANEXO II
ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LA PRUEBA ESPECÍFICA DE ACCESO A LAS
ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE GRADO EN ARTES PLÁSTICAS
(ESPECIALIDADES DE CERÁMICA Y VIDRIO)
1. Ejercicio 1.
Consistirá en el análisis y la crítica de un texto, documento o artículo, propuesto por el
tribunal, de carácter humanístico y científico/técnico que incluya texto, imagen y/o material
gráfico relativo a las diferentes manifestaciones de las artes plásticas de cerámica y
vidrio. Para este proceso de análisis y crítica, la persona aspirante deberá responder por
escrito a varias cuestiones relacionadas con aspectos históricos, artísticos, científicos y
técnicos, referidas tanto al texto como a la imagen y/o material gráfico.
En este ejercicio se valorará el grado de madurez en cuanto a la comprensión de
conceptos, la adecuada utilización del lenguaje y expresión escrita, así como la capacidad
de análisis, de síntesis y de relación. Duración máxima de una hora y media.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255700
La prueba será común para todas las especialidades y constará de dos ejercicios. En
cada convocatoria se fijarán los medios técnicos y materiales para la realización de los
mismos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2447/39
c) Prueba de voz. La persona aspirante presentará al tribunal:
- Texto en verso dramatizado. Mínimo ocho versos y máximo catorce versos.
- Texto leído a primera vista. A facilitar por el tribunal.
- Ejercicios de de ritmo y entonación propuestos por el tribunal.
2.3.4. Para el itinerario Interpretación textual.
El ejercicio tendrá como objetivo evaluar las aptitudes artísticas en relación con las
capacidades vocales, corporales e interpretativas de la persona aspirante y constará de
tres apartados:
a) El tribunal propondrá la realización de un trabajo individual o colectivo tendente a la
valoración de la disponibilidad corporal, el sentido rítmico, la coordinación y disociación,
y el control espacial de los aspirantes. El tribunal podrá interrumpir o dar por finalizado el
ejercicio a partir de los cinco minutos de su duración.
b) Prueba para la valoración de las habilidades interpretativas. La persona aspirante
presentará al tribunal dos monólogos:
- Un monólogo dramático de un máximo de cinco minutos de duración.
- Un monólogo de un personaje femenino y de un personaje masculino.
Ambos textos serán determinados en la convocatoria de la prueba.
c) Prueba de voz. La persona aspirante presentará al tribunal:
- Texto en verso dramatizado. Mínimo ocho versos y máximo catorce versos.
- Texto leído a primera vista. A facilitar por el tribunal.
- Ejercicios de ritmo y entonación propuestos por el tribunal.
3. Calificación de la prueba específica de acceso.
Cada ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, y se expresará con dos decimales,
redondeándose a la centésima más próxima, y en caso de equidistancia, a la superior.
La calificación final de la prueba específica resultará de la media aritmética de
los dos ejercicios de la prueba. Dicha calificación se expresará con dos decimales,
redondeándose a la centésima más próxima, y en caso de equidistancia, a la superior.
En el supuesto de empate en la calificación final de la prueba específica de acceso,
se dará preferencia a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio 2.
ANEXO II
ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LA PRUEBA ESPECÍFICA DE ACCESO A LAS
ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE GRADO EN ARTES PLÁSTICAS
(ESPECIALIDADES DE CERÁMICA Y VIDRIO)
1. Ejercicio 1.
Consistirá en el análisis y la crítica de un texto, documento o artículo, propuesto por el
tribunal, de carácter humanístico y científico/técnico que incluya texto, imagen y/o material
gráfico relativo a las diferentes manifestaciones de las artes plásticas de cerámica y
vidrio. Para este proceso de análisis y crítica, la persona aspirante deberá responder por
escrito a varias cuestiones relacionadas con aspectos históricos, artísticos, científicos y
técnicos, referidas tanto al texto como a la imagen y/o material gráfico.
En este ejercicio se valorará el grado de madurez en cuanto a la comprensión de
conceptos, la adecuada utilización del lenguaje y expresión escrita, así como la capacidad
de análisis, de síntesis y de relación. Duración máxima de una hora y media.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255700
La prueba será común para todas las especialidades y constará de dos ejercicios. En
cada convocatoria se fijarán los medios técnicos y materiales para la realización de los
mismos.