3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/33-38)
Orden de 9 de febrero de 2022, por la que se regulan en la Comunidad Autónoma de Andalucía el acceso, los criterios, los procedimientos de admisión y matriculación del alumnado de enseñanzas artísticas superiores en los centros docentes públicos, así como las pruebas de acceso a las citadas enseñanzas.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

página 2447/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en sus artículos 54, 55,
56 y 57, las condiciones de acceso, respectivamente, a los estudios superiores de Grado
en música y danza, a las enseñanzas artísticas superiores de Grado en arte dramático,
a las enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales y a los estudios
superiores de artes plásticas y diseño: estar en posesión del título de bachiller o haber
superado la prueba específica de acceso a la universidad para mayores de 25 años, en
algunos casos, así como la superación de las correspondientes pruebas específicas a
que se refieren los citados artículos. Dichas condiciones quedan igualmente establecidas
en el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación
de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
Por otra parte, la mencionada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, dispone en su
artículo 69.5 que los mayores de dieciocho años de edad podrán acceder directamente
a las enseñanzas artísticas superiores mediante la superación de una prueba específica,
regulada y organizada por las Administraciones educativas, que acredite que el
aspirante posee los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con
aprovechamiento las correspondientes enseñanzas. Asimismo, dispone que la edad
mínima de acceso a los estudios superiores de música o de danza es de dieciséis años.
Este requisito queda también regulado en la disposición adicional octava del
Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, donde se establece que, con carácter de
excepcionalidad y de acuerdo con el artículo 69.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, las Administraciones educativas podrán establecer el acceso directo de los
mayores de 18 años de edad a las enseñanzas artísticas superiores en general mediante
la superación de una prueba específica, regulada y organizada por las Administraciones
educativas, que acredite que la persona aspirante posee los conocimientos, habilidades y
aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento las correspondientes enseñanzas,
así como el acceso directo a los estudios superiores de música o de danza de los mayores
de 16 años en las mismas condiciones.
Además, tanto el Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el
contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música establecidas
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación como el Real Decreto 632/2010,
de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas
superiores de Grado en Danza establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, recogen lo establecido en los Reales Decretos 1577/2006, de 22 de diciembre,
y 85/2007, de 26 de enero, por los que se fijan, respectivamente, los aspectos básicos
del currículo de las enseñanzas profesionales de música y de danza reguladas por la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establecen en su disposición
adicional segunda, en el caso de música, y disposición adicional primera, en el de danza,
que corresponde a las Administraciones educativas la concreción del tanto por ciento que
tendrá la nota media del expediente de los estudios profesionales de danza y de música
en relación con la prueba específica de acceso a los estudios superiores, aunque, en
cualquier caso, dicha nota media del expediente de los estudios profesionales constituirá
como máximo el 50% de la nota de la prueba.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Orden de 9 de febrero de 2022, por la que se regulan en la Comunidad
Autónoma de Andalucía el acceso, los criterios, los procedimientos de admisión
y matriculación del alumnado de enseñanzas artísticas superiores en los centros
docentes públicos, así como las pruebas de acceso a las citadas enseñanzas.