5. Anuncios. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/33-63)
Acuerdo de 31 de enero de 2022, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, por el que se resuelve el procedimiento de autorización administrativa previa y sobre el procedimiento administrativo de autorización ambiental unificada del proyecto que se cita, a ubicar en los términos municipales de Villablanca e Isla Cristina, Huelva. (PP. 311/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

página 2043/4

Se reciben condicionados al proyecto por parte de:
- Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico. Secretaria de Estado
de Energía, en fecha 20.7.2021, facilitando información de otras plantas en proceso de
proyecto y ejecución en la misma o próxima área a fin de evitar posibles interferencias
entre unas y otras actuaciones. Odouri Solar, S.L., responde mediante escrito de 9.11.2021
que no hay interferencias entre la planta proyectada y las indicadas por el ministerio.
- Red Eléctrica de España, que no presenta oposición al mismo al no existir afecciones
a instalaciones propiedad de Red Eléctrica de España.
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Demarcación de Carreteras
del Estado en Andalucía Occidental, de fecha 13.10.2021 donde se manifiesta la
necesidad, en el momento que legalmente proceda, de presentar la correspondiente
solicitud de autorización de las obras acompañada de un Proyecto (o Separata) suscrito
por un técnico competente atendiendo al cumplimiento de lo establecido en el Informe,
según lo dispuesto en el artículo 92.2 del Reglamento General de Carreteras. Odouri
Solar, S.L., se compromete a cumplir lo indicado en el citado informe mostrando su
conformidad con el mismo, según escrito de 12.11.2021.
- Excmo. Ayuntamiento de Villablanca. Mediante escrito con fecha 31.8.2021 muestra
su rechazo y oposición al trazado de la linea de evacuación por su termino municipal
en base al informe emitido por los servicios municipales en fecha 10.5.2021 alegando,
principalmente, proximidad de la linea al núcleo urbano y a un futuro nuevo plan de
ordenación urbana. Odouri Solar, S.L., rechaza ambos argumentos esgrimiendo la falta
de precisión por parte del Ayuntamiento en cuanto a las distancias mínimas a prever así
como que el actual plan de ordenación urbana seria el que es preciso considerar y este
no impide la ejecución de la linea por donde ha sido diseñada. Se le da traslado por esta
Administración de la respuesta al Ayuntamiento de Villablanca con fecha 17.11.2021 sin
recibir respuesta por parte de este en el plazo normativo establecido.

Octavo. Vista y analizada la documentación presentada y realizadas las
comprobaciones técnicas oportunas, considerando los antecedentes de hecho
precedentes, el artículo 53 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, el Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, así como el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por
el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad
en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias,
y Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus
Instrucciones Técnicas Complementarias, se informa favorablemente la autorización
administrativa previa de las instalaciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00255318

Séptimo. Las instalaciones cuentan con informe favorable de carácter vinculante
emitido por la Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible en Huelva de fecha 23 de noviembre de 2021, sobre la solicitud de autorización
ambiental unificada de la instalación con expediente de referencia, AAU/HU/017/19 e
indicación de su publicación mediante inserción en BOJA, además de su publicación en
la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
de la Junta de Andalucía. Se indica en el citado informe la viabilidad de la realización de
las actuaciones, concluyendo que no producirán impactos adversos significativos en el
medio ambiente, siempre y cuando se realicen en las condiciones y requisitos señaladas
en dicho informe.