3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/29-35)
Resolución de 27 de enero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía. Ejercicio 2020.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Viernes, 11 de febrero de 2022
página 1930/11
1. INTRODUCCIÓN
1.1
El Plan de Actuaciones que cada año aprueba la Cámara de Cuentas, incluye el informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, por imperativo de los artículos 8 y 11 de
la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía (LCCA). El Plan de Actuaciones de 2021 contiene el informe correspondiente a la Cuenta General del ejercicio 2020. El
principal marco normativo que resulta aplicable se detalla en el anexo 28.1.1.
1.2
Cabe reseñar determinados aspectos novedosos, consecuencia de previsiones contempladas en
la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para el año 2021. Por un lado, el adelanto en los plazos de rendición de la Cuenta General al 31
de julio, y, por ende, en la realización de este informe y, por otro lado, la modificación de los
preceptos del TRLGHP reguladores de los estados que componen la Cuenta General y su contenido.
2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN RELACIÓN CON LA CUENTA GENERAL
2.1
A la Intervención General de la Junta de Andalucía (IGJA) le corresponde formar la Cuenta General de la Junta de Andalucía. Los artículos 105 y 106 del Texto Refundido de La Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHP) determinan el contenido de la Cuenta General, así como la Orden de 19 de febrero de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, que regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, en su artículo 56.
La Cuenta General se presentó por la IGJA en la Cámara de Cuentas el 30 de julio de 2021.
Además, corresponde al Gobierno garantizar que las actividades, operaciones presupuestarias y
financieras realizadas durante el ejercicio y reflejadas en la Cuenta General resultan conformes
con las normas aplicables, debiendo implantar los sistemas de control interno oportunos para
esa finalidad.
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
A la Cámara de Cuentas, en virtud de lo dispuesto en su normativa reguladora, le corresponde el
examen y comprobación de la Cuenta General de cada ejercicio, mediante la emisión de una
declaración definitiva. El objetivo es emitir una declaración definitiva, en términos de seguridad
razonable, sobre la Cuenta General de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2020,
con el fin de expresar una opinión sobre si ésta se ha rendido en el plazo que establece la LCCA,
la adecuación de su estructura y contenido a la normativa que la regula, su coherencia interna
respecto a las cuentas y estados que la integran y si su elaboración es conforme a la legalidad
que le resulta aplicable. Asimismo, contiene un análisis general desde la perspectiva económicofinanciera y, particularmente, de las entidades instrumentales de la Administración de la Junta
de Andalucía, así como del cumplimiento de los compromisos de estabilidad presupuestaria y de
la transparencia de la información económica, financiera y presupuestaria.
00255214
3.1
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Viernes, 11 de febrero de 2022
página 1930/11
1. INTRODUCCIÓN
1.1
El Plan de Actuaciones que cada año aprueba la Cámara de Cuentas, incluye el informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, por imperativo de los artículos 8 y 11 de
la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía (LCCA). El Plan de Actuaciones de 2021 contiene el informe correspondiente a la Cuenta General del ejercicio 2020. El
principal marco normativo que resulta aplicable se detalla en el anexo 28.1.1.
1.2
Cabe reseñar determinados aspectos novedosos, consecuencia de previsiones contempladas en
la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para el año 2021. Por un lado, el adelanto en los plazos de rendición de la Cuenta General al 31
de julio, y, por ende, en la realización de este informe y, por otro lado, la modificación de los
preceptos del TRLGHP reguladores de los estados que componen la Cuenta General y su contenido.
2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN RELACIÓN CON LA CUENTA GENERAL
2.1
A la Intervención General de la Junta de Andalucía (IGJA) le corresponde formar la Cuenta General de la Junta de Andalucía. Los artículos 105 y 106 del Texto Refundido de La Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHP) determinan el contenido de la Cuenta General, así como la Orden de 19 de febrero de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, que regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, en su artículo 56.
La Cuenta General se presentó por la IGJA en la Cámara de Cuentas el 30 de julio de 2021.
Además, corresponde al Gobierno garantizar que las actividades, operaciones presupuestarias y
financieras realizadas durante el ejercicio y reflejadas en la Cuenta General resultan conformes
con las normas aplicables, debiendo implantar los sistemas de control interno oportunos para
esa finalidad.
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
A la Cámara de Cuentas, en virtud de lo dispuesto en su normativa reguladora, le corresponde el
examen y comprobación de la Cuenta General de cada ejercicio, mediante la emisión de una
declaración definitiva. El objetivo es emitir una declaración definitiva, en términos de seguridad
razonable, sobre la Cuenta General de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2020,
con el fin de expresar una opinión sobre si ésta se ha rendido en el plazo que establece la LCCA,
la adecuación de su estructura y contenido a la normativa que la regula, su coherencia interna
respecto a las cuentas y estados que la integran y si su elaboración es conforme a la legalidad
que le resulta aplicable. Asimismo, contiene un análisis general desde la perspectiva económicofinanciera y, particularmente, de las entidades instrumentales de la Administración de la Junta
de Andalucía, así como del cumplimiento de los compromisos de estabilidad presupuestaria y de
la transparencia de la información económica, financiera y presupuestaria.
00255214
3.1
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja