Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/28-2)
Acuerdo de 7 de febrero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia Andaluza de Inteligencia Artificial 2022-2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Jueves, 10 de febrero de 2022
página 2070/4
Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación.
La Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, a través de la
Agencia Digital de Andalucía y la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, serán responsables y coordinarán, conjuntamente, la
elaboración de la Estrategia. El proceso de elaboración será el siguiente:
1. La Agencia Digital de Andalucía y la Consejería de Transformación Económica,
Industria, Conocimiento y Universidades, elaborarán un borrador de la Estrategia. Para
ello contarán con la participación de aquellas Consejerías y entidades con competencias
en el ámbito de la confianza y seguridad digital en el ámbito de las empresas, industria,
salud, social, medio ambiente, turismo, empleo y educación, sin perjuicio de que, durante
la elaboración de la Estrategia, se incorporen otras Consejerías y entidades si fuese
necesario. Asimismo, la Agencia Digital de Andalucía y la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, podrán ser asesoradas por
personas expertas y referentes en esta materia.
2. El borrador de la Estrategia será sometido al trámite de información pública, por
un periodo no inferior a quince días, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía y en la
web de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, siguiendo los
cauces dispuestos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
3. Asimismo, se recabarán los informes preceptivos exigidos por la normativa general
de aplicación.
4. La Agencia Digital de Andalucía propondrá a la persona titular de la Consejería de
la Presidencia, Administración Pública e Interior el texto de la Estrategia, que elevará al
Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva.
Quinto. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de la Presidencia, Administración
Pública e Interior para adoptar los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de este
acuerdo.
Sexto. Eficacia.
El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Linares, 7 de febrero de 2022
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ELÍAS BENDODO BENASAYAG
00255350
Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Jueves, 10 de febrero de 2022
página 2070/4
Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación.
La Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, a través de la
Agencia Digital de Andalucía y la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, serán responsables y coordinarán, conjuntamente, la
elaboración de la Estrategia. El proceso de elaboración será el siguiente:
1. La Agencia Digital de Andalucía y la Consejería de Transformación Económica,
Industria, Conocimiento y Universidades, elaborarán un borrador de la Estrategia. Para
ello contarán con la participación de aquellas Consejerías y entidades con competencias
en el ámbito de la confianza y seguridad digital en el ámbito de las empresas, industria,
salud, social, medio ambiente, turismo, empleo y educación, sin perjuicio de que, durante
la elaboración de la Estrategia, se incorporen otras Consejerías y entidades si fuese
necesario. Asimismo, la Agencia Digital de Andalucía y la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, podrán ser asesoradas por
personas expertas y referentes en esta materia.
2. El borrador de la Estrategia será sometido al trámite de información pública, por
un periodo no inferior a quince días, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía y en la
web de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, siguiendo los
cauces dispuestos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
3. Asimismo, se recabarán los informes preceptivos exigidos por la normativa general
de aplicación.
4. La Agencia Digital de Andalucía propondrá a la persona titular de la Consejería de
la Presidencia, Administración Pública e Interior el texto de la Estrategia, que elevará al
Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva.
Quinto. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de la Presidencia, Administración
Pública e Interior para adoptar los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de este
acuerdo.
Sexto. Eficacia.
El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Linares, 7 de febrero de 2022
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ELÍAS BENDODO BENASAYAG
00255350
Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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