3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/14-58)
Acuerdo de 18 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Gestión de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía para el periodo 2022-2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022
página 691/11
Programa de Gestión
Según se establece en el artículo 25 de los Estatutos, el Programa de Gestión tiene que definir:
•
Los objetivos a conseguir, los resultados a obtener y, en general, la gestión a desarrollar por la Agencia
durante el período 2022-2025 en el ejercicio de las funciones atribuidas en sus Estatutos, así como los
recursos humanos, materiales y presupuestarios necesarios para la consecución de los objetivos.
•
Los efectos asociados al grado de cumplimiento de los objetivos establecidos, en cuanto a la
exigencia de responsabilidad por la gestión a los órganos de gobierno y dirección y el personal
directivo de la Agencia.
•
Los mecanismos para su revisión y adaptación a un contexto y una realidad que puede ser cambiante
durante su vigencia, tal y como han puesto de manifiesto los efectos socioeconómicos asociados a la
pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID 19).
•
Los demás extremos que se establezcan mediante orden de la Consejería competente en materia de
Hacienda y Administración Pública en la que se determinará, asimismo, el procedimiento de
elaboración, contenido y efectos.
Así mismo, con arreglo a lo señalado por el apartado 3 del citado artículo 25 de los Estatutos, este programa
de gestión tiene en cuenta la previsión de ingresos elaborada por la Consejería competente en materia de
medio ambiente y agua y el resto de centros directivos que encomienden actuaciones a la Agencia para los
ejercicios presupuestarios a los que se refiere su vigencia y los resultados obtenidos en los ejercicios
anteriores.
Por su parte, el plan de acción anual, cuya aprobación corresponde al Consejo Rector, en función de las
previsiones presupuestarias ha de concretar:
•
La determinación de las actividades atribuidas a la Agencia, con el alcance en actuaciones que resulte
de las distintas partidas de gasto incluidas en su presupuesto.
•
La previsión de actividades y sus actuaciones que puedan serle encargadas como medio propio
personificado de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entes instrumentales.
Las unidades organizativas de la Agencia responsables de su ejecución.
•
El detalle de los indicadores que permitan medir los resultados a obtener de forma cuantificable.
00253966
•
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
Pá gina 9
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022
página 691/11
Programa de Gestión
Según se establece en el artículo 25 de los Estatutos, el Programa de Gestión tiene que definir:
•
Los objetivos a conseguir, los resultados a obtener y, en general, la gestión a desarrollar por la Agencia
durante el período 2022-2025 en el ejercicio de las funciones atribuidas en sus Estatutos, así como los
recursos humanos, materiales y presupuestarios necesarios para la consecución de los objetivos.
•
Los efectos asociados al grado de cumplimiento de los objetivos establecidos, en cuanto a la
exigencia de responsabilidad por la gestión a los órganos de gobierno y dirección y el personal
directivo de la Agencia.
•
Los mecanismos para su revisión y adaptación a un contexto y una realidad que puede ser cambiante
durante su vigencia, tal y como han puesto de manifiesto los efectos socioeconómicos asociados a la
pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID 19).
•
Los demás extremos que se establezcan mediante orden de la Consejería competente en materia de
Hacienda y Administración Pública en la que se determinará, asimismo, el procedimiento de
elaboración, contenido y efectos.
Así mismo, con arreglo a lo señalado por el apartado 3 del citado artículo 25 de los Estatutos, este programa
de gestión tiene en cuenta la previsión de ingresos elaborada por la Consejería competente en materia de
medio ambiente y agua y el resto de centros directivos que encomienden actuaciones a la Agencia para los
ejercicios presupuestarios a los que se refiere su vigencia y los resultados obtenidos en los ejercicios
anteriores.
Por su parte, el plan de acción anual, cuya aprobación corresponde al Consejo Rector, en función de las
previsiones presupuestarias ha de concretar:
•
La determinación de las actividades atribuidas a la Agencia, con el alcance en actuaciones que resulte
de las distintas partidas de gasto incluidas en su presupuesto.
•
La previsión de actividades y sus actuaciones que puedan serle encargadas como medio propio
personificado de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entes instrumentales.
Las unidades organizativas de la Agencia responsables de su ejecución.
•
El detalle de los indicadores que permitan medir los resultados a obtener de forma cuantificable.
00253966
•
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
Pá gina 9
http://www.juntadeandalucia.es/eboja