3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/14-58)
Acuerdo de 18 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Gestión de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía para el periodo 2022-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022

página 691/10

Programa de Gestión

2. OBJETO DEL PROGRAMA DE GESTIÓN
En este Programa de Gestión se recoge el catálogo general de las actividades en materias propias de su objeto y
fines que puede desarrollar la Agencia durante el periodo temporal establecido conforme a las funciones
conferidas por sus Estatutos, para contribuir a la ejecución de la política ambiental y de agua de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Estas actividades serán planificadas anualmente en los correspondientes planes de acción anual,
concretándose en actuaciones que se ejecutarán en función de la envolvente del presupuesto disponible
cada año y siempre en el marco de la planificación, seguimiento y control de la Consejería competente en
materia de medio ambiente y agua. La planificación para cada ejercicio está condicionada a la aprobación del
correspondiente Presupuesto de la Comunidad Autónoma.
La Agencia podrá solicitar y ejecutar como órgano gestor y beneficiario de fondos europeos, cualesquiera
actuaciones cofinanciadas relacionadas con su objeto estatutario, cuando esté consignado en el presupuesto
aprobado por las sucesivas leyes de presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía o sus
modificaciones el crédito destinado a la ejecución de dichos programas europeos cofinanciados, debiendo
contar para las solicitudes de fondos con la conformidad de los centros directivos competentes por razón de la
materia en los términos y forma que se requiera en cada momento.
Estas actividades pueden ser realizadas:
a) directamente por la Agencia (actividades atribuidas), bajo el alcance y prescripciones recogidas en
el Programa de Gestión. Se trata de actividades estables que se regulan a nivel operativo a través de la
figura del Protocolo de Coordinación y Seguimiento o cualquier otro instrumento que sea preceptivo
según la entidad competente. Se incluyen en esta categoría las actividades cofinanciadas por fondos
europeos en las que la Agencia actúe como órgano gestor o beneficiario.
b) mediante encargos de los poderes adjudicadores y no adjudicadores a la Agencia en su
consideración de medio propio personificado de la Administración de la Junta de Andalucía y sus
entes instrumentales, en los términos previstos por el artículo 32 de la Ley 9/2017, de Contratos del
Sector Público y 53 bis de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
cuando se trate de actividades puntuales y concretas relativas a obras, suministros, servicios, concesión
de obras y concesión de servicios, que no estén ya financiadas por el presupuesto de la Agencia en

00253966

calidad de actividades atribuidas .

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

Pá gina 8

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