3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/13-26)
Orden de 20 de diciembre de 2021, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Jueves, 20 de enero de 2022
página 356/65

f) Se han preparado los útiles para efectuar reparaciones y cuidados básicos durante
la actividad.
g) 
Se han efectuado las comprobaciones de los sistemas de comunicación y de
orientación.
RA 5: Coopera en el guiado de usuarios por recorridos en el medio natural informando y
ayudando a los participantes y colaborando en el control de los riesgos de la actividad.
Criterios de evaluación.
a) Se han explicado y demostrado a los participantes los aspectos técnicos del tipo de
progresión y se ha informado sobre los aspectos relevantes del itinerario.
b) Se ha comprobado la adecuación de los equipos y medios a las características de
los participantes y el cumplimiento de las medidas de prevención y protección por
parte de los mismos durante la actividad.
c) Se han alternado posiciones dentro del grupo durante la progresión, controlando el
ritmo y los posibles rezagados.
d) S
 e han detectado situaciones de fatiga y de posible riesgo.
e) 
Se ha ayudado a los participantes a resolver pasos complicados durante el
itinerario.
f) Se ha colaborado en las reparaciones básicas y en los cuidados de los equipos, de
los medios y de los materiales que se utilizan en la actividad.
g) S
 e ha colaborado en el montaje y desmontaje de la zona de pernoctación.
h) Se han utilizado los instrumentos de orientación, los mapas y los indicios naturales
para seguir el recorrido de la actividad.

RA 7: Colabora en el establecimiento de las medidas preventivas y en la atención en caso
de incidencias o emergencias producidas en el desarrollo de las actividades guiadas en el
medio natural terrestre y acuático y de tiempo libre, aplicando los protocolos establecidos.
Criterios de evaluación.
a) Se han aplicado técnicas de supervisión y análisis del contexto de intervención para
detectar factores de peligrosidad en las zonas en las que se realiza la actividad.
b) Se ha colaborado en la elaboración y/o adaptación de protocolos de actuación
preventivos, de rescate y de evacuación para las zonas en las que se realiza la
actividad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253610

RA 6: Participa en la dinamización de actividades de tiempo libre.
Criterios de evaluación.
a) Se ha colaborado en la organización de actividades lúdicas y de tiempo libre
preparando los espacios y los materiales y atendiendo a la seguridad, a la
potencialidad educativa de las actividades y a la participación de las personas con
discapacidad.
b) S
 e han desarrollado actividades que potencien la socialización, la educación
medioambiental y las conductas saludables.
c) S
 e ha adaptado la utilización de los recursos y el ritmo de las actividades a la
participación de personas con discapacidad, a la evolución de los intereses de los
participantes y a los cambios del entorno.
d) S
 e ha ocupado el lugar apropiado para permitir una comunicación eficaz y la
organización del grupo y para anticiparse a las contingencias.
e) 
Se han aprovechado las características del medio natural como espacio para
actividades recreativas y de tiempo libre.
f) S
 e han generado entornos seguros, minimizando riesgos en el medio natural.
g) Se han empleado estrategias asertivas para reorientar las conductas que perturban
el desarrollo de la actividad y el clima relacional.
h) Se han cumplimentado registros de seguimiento y evaluación de las actividades
recreativas y de tiempo libre.