3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/12-34)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se amplía y modifica la delegación de competencias de la Rectora, realizada por Resolución de 31 de julio de 2019.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 12 - Miércoles, 19 de enero de 2022

página 376/4

las letras b) y f) del apartado tercero de la Resolución de 2019 quedarán redactadas del
siguiente modo:
«b) Las competencias sobre los procedimientos de adaptación, reconocimiento,
admisión por reconocimiento parcial de estudios y transferencia de créditos en estudios
universitarios de Grado.»
«f) La competencia para la resolución de los recursos de reposición que se interpongan
contra las resoluciones de los procedimientos de admisión por reconocimiento parcial de
estudios y de transferencia de créditos.»
Asimismo, la letra f) del punto 13 del apartado segundo de la referida Resolución de
2019 quedará redactado del siguiente modo:
«f) La competencia para la resolución de los procedimientos de adaptación,
reconocimiento, admisión por reconocimiento parcial de estudios y transferencia de
créditos en estudios universitarios de Posgrado, así como la resolución de los recursos
de reposición que se interpongan contra dichas resoluciones.»
Y se incluirá una nueva letra j) en este punto 13, con el siguiente texto:
«j) La resolución de los recursos de reposición que se interpongan respecto a
resoluciones de procedimientos de admisión por reconocimiento parcial de estudios de
Máster y Doctorado, tramitados por la Escuela Internacional de Posgrado.»
Consecuentemente, la letra i) del punto 5 del apartado segundo de la Resolución
de 2019, referido a la delegación de competencias en el Vicerrector de Estudiantes y
Empleabilidad, quedará suprimida y se entenderán renumerados los apartados siguientes,
pasando de ser j), k), l) y m) a ser k), l), m) y n), respectivamente.
Sexto. Delegar la competencia para la resolución de los recursos de alzada frente a
las denegaciones de las solicitudes de evaluación por incidencias de las asignaturas de
Grado y Máster en los Decanos y Directores de Centros y en la Directora de la Escuela
Internacional de Posgrado, respectivamente. En tal sentido, la letra e) del punto 13 del
apartado segundo de la Resolución de 2019 quedará redactada del siguiente modo:
«e) La resolución de los recursos de alzada que se interpongan frente a las
denegaciones expresas y por silencio administrativo de las solicitudes de evaluación
única final y de la evaluación por incidencias de las asignaturas de Másteres, reguladas
por la Normativa de Evaluación y de Calificación de los Estudiantes de la Universidad de
Granada.»
Y la letra g) del apartado tercero de la citada Resolución quedará redactado del
siguiente modo:
«g) La competencia para resolver los recursos de alzada que se interpongan frente a
las denegaciones expresas y por silencio administrativo de las solicitudes de evaluación
única final y de la evaluación por incidencias de las asignaturas de Grado, reguladas por
la Normativa de Evaluación y de Calificación de los Estudiantes de la Universidad de
Granada.»

Octavo. Estas competencias, cuya delegación se realiza en virtud de esta Resolución,
no podrán asimismo ser delegadas a su vez por parte de los órganos delegados.
Noveno. Las resoluciones que se dicten en el ejercicio de las competencias
delegadas por la presente resolución ponen fin a la vía administrativa en los mismos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253638

Séptimo. En las resoluciones que se dicten en virtud de las anteriores delegación de
competencias de esta Rectora, se hará constar expresamente esta circunstancia en la
antefirma, por medio de la expresión «Por delegación de competencia», con indicación de
esta resolución y el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en la que se haya publicado,
conforme a lo dispuesto en el art. 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.