3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/12-34)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se amplía y modifica la delegación de competencias de la Rectora, realizada por Resolución de 31 de julio de 2019.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 12 - Miércoles, 19 de enero de 2022
página 376/1
3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Con fecha 31 de julio de 2019, la Rectora magnífica de la Universidad de Granada resolvió,
de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, delegar las competencias que, de entre las que le
atribuyen los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011,
de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011), precisaban de dicha delegación
al objeto de lograr una mayor agilidad y eficacia en la resolución de las cuestiones de
gestión relativas al ejercicio de dichas competencias.
Con posterioridad a la publicación de dicha resolución, en la Universidad de
Granada se han generado diversas circunstancias de las que deriva la necesidad de su
modificación puntual en diferentes aspectos.
Así, en primer lugar, se han elaborado y aprobado modelos de convenios con objeto
de establecer las bases de la colaboración con entidades públicas y privadas para la
realización de Trabajos de Fin de Grado, de Trabajos de Fin de Máster y de prácticas
de asignaturas de Máster Universitario en dichas entidades por parte del estudiantado
matriculado en cualquier enseñanza de Grado y de Máster Universitario de la Universidad
de Granada. La necesidad de agilizar la suscripción de estos convenios impone ahora
una delegación de la competencia para la firma de estos convenios en los órganos
que desarrollan una gestión más próxima y directa respecto a estos Trabajos de Fin de
Grado,Trabajos de Fin de Máster y prácticas de asignaturas de Máster Universitario.
Por otro lado, se ha aprobado por el Consejo de Gobierno de esta Universidad, con
fecha 24 de noviembre de 2021, el Reglamento para la Gestión y Conservación del
Patrimonio Cultural de la Universidad de Granada, con el objeto de establecer un régimen
jurídico básico para la gestión por la Universidad de Granada del Patrimonio Cultural del
que es titular o depositaria, en orden a garantizar, de forma coordinada con las restantes
instituciones públicas competentes, su tutela, conservación y difusión, la promoción de su
enriquecimiento, el favorecimiento de su goce y disfrute por la Comunidad Universitaria
y la sociedad, así como su transmisión a las generaciones futuras. Conforme a este
Reglamento, en relación con el régimen de gestión, conservación, restauración, fomento
y difusión del Patrimonio Cultural, se han establecido diversas funciones que implican
la necesidad de reorganización competencial en la materia, sin que se hiciera alusión
en la Resolución de 31 de julio de 2019 a estas cuestiones. Por ello, resulta necesaria
la delegación en el Vicerrector de Extensión Universitaria y Patrimonio de estas
competencias en materia de Patrimonio Cultural, con carácter general.
Asimismo, se hace necesario modificar la delegación de competencias efectuada a
la Gerencia en el punto 9 del apartado segundo de la Resolución de 31 de julio de 2019,
en cuanto a la suscripción de los contratos laborales con personal técnico de cualquiera
de las modalidades de contratación temporal previstas en el ordenamiento jurídico
(apartado h), entendiéndose, por razones de eficacia y eficiencia, que esta competencia
ha de incluirse entre las de la letra g) del punto 4 de dicho apartado segundo de la
resolución, delegadas en el Vicerrector de Investigación y Transferencia.
Finalmente, con fecha 23 de julio de 2021, el Consejo de Gobierno de la Universidad
de Granada aprobó el Reglamento de Gestión Académica de esta Universidad, que
fue publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Granada número 171, de 28 de
julio de 2021. Dicho Reglamento derogaba el «Título V. Adaptación, Reconocimiento y
Transferencia de Créditos, en Grado, y en Másteres», de la Normativa para la creación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253638
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Universidad de Granada, por la que
se amplía y modifica la delegación de competencias de la Rectora, realizada
por Resolución de 31 de julio de 2019.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 12 - Miércoles, 19 de enero de 2022
página 376/1
3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Con fecha 31 de julio de 2019, la Rectora magnífica de la Universidad de Granada resolvió,
de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, delegar las competencias que, de entre las que le
atribuyen los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011,
de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011), precisaban de dicha delegación
al objeto de lograr una mayor agilidad y eficacia en la resolución de las cuestiones de
gestión relativas al ejercicio de dichas competencias.
Con posterioridad a la publicación de dicha resolución, en la Universidad de
Granada se han generado diversas circunstancias de las que deriva la necesidad de su
modificación puntual en diferentes aspectos.
Así, en primer lugar, se han elaborado y aprobado modelos de convenios con objeto
de establecer las bases de la colaboración con entidades públicas y privadas para la
realización de Trabajos de Fin de Grado, de Trabajos de Fin de Máster y de prácticas
de asignaturas de Máster Universitario en dichas entidades por parte del estudiantado
matriculado en cualquier enseñanza de Grado y de Máster Universitario de la Universidad
de Granada. La necesidad de agilizar la suscripción de estos convenios impone ahora
una delegación de la competencia para la firma de estos convenios en los órganos
que desarrollan una gestión más próxima y directa respecto a estos Trabajos de Fin de
Grado,Trabajos de Fin de Máster y prácticas de asignaturas de Máster Universitario.
Por otro lado, se ha aprobado por el Consejo de Gobierno de esta Universidad, con
fecha 24 de noviembre de 2021, el Reglamento para la Gestión y Conservación del
Patrimonio Cultural de la Universidad de Granada, con el objeto de establecer un régimen
jurídico básico para la gestión por la Universidad de Granada del Patrimonio Cultural del
que es titular o depositaria, en orden a garantizar, de forma coordinada con las restantes
instituciones públicas competentes, su tutela, conservación y difusión, la promoción de su
enriquecimiento, el favorecimiento de su goce y disfrute por la Comunidad Universitaria
y la sociedad, así como su transmisión a las generaciones futuras. Conforme a este
Reglamento, en relación con el régimen de gestión, conservación, restauración, fomento
y difusión del Patrimonio Cultural, se han establecido diversas funciones que implican
la necesidad de reorganización competencial en la materia, sin que se hiciera alusión
en la Resolución de 31 de julio de 2019 a estas cuestiones. Por ello, resulta necesaria
la delegación en el Vicerrector de Extensión Universitaria y Patrimonio de estas
competencias en materia de Patrimonio Cultural, con carácter general.
Asimismo, se hace necesario modificar la delegación de competencias efectuada a
la Gerencia en el punto 9 del apartado segundo de la Resolución de 31 de julio de 2019,
en cuanto a la suscripción de los contratos laborales con personal técnico de cualquiera
de las modalidades de contratación temporal previstas en el ordenamiento jurídico
(apartado h), entendiéndose, por razones de eficacia y eficiencia, que esta competencia
ha de incluirse entre las de la letra g) del punto 4 de dicho apartado segundo de la
resolución, delegadas en el Vicerrector de Investigación y Transferencia.
Finalmente, con fecha 23 de julio de 2021, el Consejo de Gobierno de la Universidad
de Granada aprobó el Reglamento de Gestión Académica de esta Universidad, que
fue publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Granada número 171, de 28 de
julio de 2021. Dicho Reglamento derogaba el «Título V. Adaptación, Reconocimiento y
Transferencia de Créditos, en Grado, y en Másteres», de la Normativa para la creación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253638
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Universidad de Granada, por la que
se amplía y modifica la delegación de competencias de la Rectora, realizada
por Resolución de 31 de julio de 2019.