Autoridades y personal. Universidades. (2022/11-8)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convocan, a concurso de acceso, plazas de cuerpos de funcionarios docentes universitarios para personal investigador que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el Certificado I3.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 18 de enero de 2022

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3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo podrán realizar su
inscripción en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el BOE, a través de la Sede electrónica de la Universidad
de Granada, https://sede.ugr.es, utilizando el procedimiento electrónico «Concursos a
plazas docentes: Solicitud de admisión» disponible en dicha sede.
Para que los/as interesados/as no tengan que aportar toda la documentación
justificativa, la Universidad de Granada accederá a las bases de datos de las
Administraciones, con garantía de confidencialidad y con la única finalidad de verificación
y consulta de los datos consignados en la inscripción, salvo que el solicitante desee
presentar la documentación por manifestar su oposición motivada a la consulta. Esta
oposición deberán manifestarla en el apartado correspondiente de la solicitud en sede
electrónica.
3.2. Derechos de examen:
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Granada la cantidad de
42,50 euros en concepto de derechos de examen, especificando el nombre, apellidos,
número del documento nacional de identidad o pasaporte, la plaza a la que se concursa
y el código de la misma. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en
CaixaBank, en la cuenta ES71 21004224391300721670, con el título «Universidad de
Granada. Pruebas Selectivas», abierta en dicha entidad.
Estarán exentas del pago de los precios públicos:
- Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
- Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos,
de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán requisitos
para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado
oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en
acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan
de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo
anterior se solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en
ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante, para lo que se podrá utilizar el modelo que se acompaña
como Anexo II a esta convocatoria.
Ambos documentos, certificación y declaración, deberán acompañar a la solicitud.
- Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, debiendo acreditar tal condición.
- Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la
tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100
los que fueran de la categoría general.
La falta de abono de estos derechos determinará la exclusión del aspirante. En
ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, ante el órgano expresado en la base 3.1.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Universidad, los funcionarios de los cuerpos de Catedráticos de Universidad y de
Profesores Titulares de Universidad, siempre que cumplan la condición establecida
en el artículo 65.2 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica
la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
4. Encontrarse en los últimos seis meses de contrato correspondiente al Programa
Ramón y Cajal y haber obtenido el Certificado I3.
2.3. Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.