5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/11-63)
Anuncio de 12 de enero de 2022, de la Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de 19 de noviembre de 2021, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga relativo a la Corrección de error del PGOU de Ronda.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 18 de enero de 2022
página 324/5
de una parcela destinada a Zona Verde es la denominada AA-2 “Jardín Colgante”, que
aunque no se representa en planos, dada su reducida dimensión (108 m²), muy inferior a
la del ámbito de actuación (7.766 m²), podemos concluir que no se refiere al mismo.
Por tanto, de una lectura global del PGOU se concluye que la modificación de la
calificación de los suelos de referencia para su destino a Zona Verde ha de tratarse de
un error de los planos de “Calificación, usos y sistemas”, dado que ésta no quedaría
amparada en el establecimiento de ninguna de las Actuaciones Aisladas que prevé el
PGOU en el suelo urbano, las cuales se encuentran definidas en su Estudio Económico
Financiero.
F. Conclusión:
En base al análisis realizado en el apartado anterior, en relación con la Corrección
de error del PGOU de Ronda en el Polígono Industrial “El Fuerte”, cabe concluir que
concurren los requisitos para apreciar la existencia de error de conformidad con el
artículo 109.2 de la LPACAP y la jurisprudencia del Tribunal Supremo anteriormente
citada, informándose favorablemente la rectificación de errores solicitada».
De conformidad con la propuesta formulada por la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo establecido en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta
de Andalucía y demás normativa de aplicación, la Comisión Territorial de Ordenación del
Territorio y Urbanismo, por unanimidad de los miembros asistentes con derecho a voto,
ACUERDA
1.º Aprobar la Corrección de error del PGOU de Ronda en el Polígono Industrial «El
Fuerte», al concurrir los requisitos para apreciar la existencia de error de conformidad con
el artículo 109.2 de la LPACAP.
2.º Notificar el acuerdo adoptado al Excmo. Ayuntamiento de Ronda, y proceder a su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta Andalucía, según lo previsto en el artículo 41
apartados 1 y 2 de 7/2002, previa la correspondiente anotación en los Registros
administrativos de Instrumentos Urbanísticos del citado Ayuntamiento y de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
El presente acuerdo podrá ser objeto de recurso contencioso administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en
Málaga, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga
lugar su notificación o publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con
artículo 20, párrafo 3.º del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el
ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia
de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
00253630
Málaga, 12 de enero de 2022.- La Delegada, Carmen Casero Navarro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 18 de enero de 2022
página 324/5
de una parcela destinada a Zona Verde es la denominada AA-2 “Jardín Colgante”, que
aunque no se representa en planos, dada su reducida dimensión (108 m²), muy inferior a
la del ámbito de actuación (7.766 m²), podemos concluir que no se refiere al mismo.
Por tanto, de una lectura global del PGOU se concluye que la modificación de la
calificación de los suelos de referencia para su destino a Zona Verde ha de tratarse de
un error de los planos de “Calificación, usos y sistemas”, dado que ésta no quedaría
amparada en el establecimiento de ninguna de las Actuaciones Aisladas que prevé el
PGOU en el suelo urbano, las cuales se encuentran definidas en su Estudio Económico
Financiero.
F. Conclusión:
En base al análisis realizado en el apartado anterior, en relación con la Corrección
de error del PGOU de Ronda en el Polígono Industrial “El Fuerte”, cabe concluir que
concurren los requisitos para apreciar la existencia de error de conformidad con el
artículo 109.2 de la LPACAP y la jurisprudencia del Tribunal Supremo anteriormente
citada, informándose favorablemente la rectificación de errores solicitada».
De conformidad con la propuesta formulada por la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo establecido en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta
de Andalucía y demás normativa de aplicación, la Comisión Territorial de Ordenación del
Territorio y Urbanismo, por unanimidad de los miembros asistentes con derecho a voto,
ACUERDA
1.º Aprobar la Corrección de error del PGOU de Ronda en el Polígono Industrial «El
Fuerte», al concurrir los requisitos para apreciar la existencia de error de conformidad con
el artículo 109.2 de la LPACAP.
2.º Notificar el acuerdo adoptado al Excmo. Ayuntamiento de Ronda, y proceder a su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta Andalucía, según lo previsto en el artículo 41
apartados 1 y 2 de 7/2002, previa la correspondiente anotación en los Registros
administrativos de Instrumentos Urbanísticos del citado Ayuntamiento y de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
El presente acuerdo podrá ser objeto de recurso contencioso administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en
Málaga, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga
lugar su notificación o publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con
artículo 20, párrafo 3.º del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el
ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia
de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
00253630
Málaga, 12 de enero de 2022.- La Delegada, Carmen Casero Navarro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja