5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/11-63)
Anuncio de 12 de enero de 2022, de la Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de 19 de noviembre de 2021, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga relativo a la Corrección de error del PGOU de Ronda.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 11 - Martes, 18 de enero de 2022

página 324/2

agosto de 1994. Publicación de las Normas Urbanísticas en el BOP de Málaga nº 58 el 29
de marzo de 2005.
- Adaptación Parcial a la LOUA del PGOU de Ronda, aprobada por el Pleno del
Ayuntamiento de Ronda el 19 de febrero de 2010. Publicación del acuerdo y la normativa
en el BOP de Málaga núm. 146 de fecha 30 de julio de 2010.
- Normativa Urbanística Municipal Histórica:
- Plan Parcial de Ordenación y Proyecto de Urbanización Polígono Industrial «El
Fuerte», aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo de Málaga
en sesión 11/75 de 31 de diciembre de 1975. Acuerdo publicado en el BOP de Málaga
núm. 16 de fecha 20 de enero de 1976.
- En fecha 29 de julio de 2021, tiene entrada en esta Delegación Territorial oficio
del Ayuntamiento de Ronda, acompañado de la documentación referida al Expediente
de Corrección de Errores Materiales del PGOU de Ronda, en el ámbito del Polígono
Industrial «El Fuerte», al objeto de que se proceda a su aprobación por la Comisión
Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Málaga.
- Tras el estudio de la documentación por el Servicio de Urbanismo, se observa
que el expediente se encuentra formalmente incompleto, por lo que en fecha 10 de
agosto de 2021 se remite requerimiento de subsanación al Ayuntamiento. Tras varios
requerimientos fecha 26 de octubre de 2021, tiene entrada oficio del Ayuntamiento de
Ronda acompañado de documentación relativa a la subsanación del último requerimiento
recibido. En fecha 03 de noviembre de 2021, se le traslada al Ayuntamiento oficio por el
que se le comunica la consideración del expediente completo, a efectos del cómputo del
plazo para su aprobación.
Segundo. Objeto y justificación.
El objeto del expediente es la corrección de un supuesto error en la calificación por el
PGOU como Zona Verde de unos suelos categorizados como suelo urbano consolidado,
situados en el lateral este de la Calle Turón del Polígono Industrial «El Fuerte», y que
así fue grafiada en los planos núms. 3 y 6 de «Calificación, usos y sistemas» del PGOU
vigente, dejando a todas las edificaciones ubicadas en dichos suelos en situación de
fuera de ordenación. La superficie total afectada por la corrección asciende a 7.766 m², y
se encuentra conformada por seis parcelas catastrales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

II. Competencia.
El artículo 116.4 de la Ley 9/2007 de 22 de Octubre de la Administración de la Junta de
Andalucía, establece que la rectificación de los errores materiales, de hecho o aritméticos
corresponderán al propio órgano administrativo que haya dictado el acto. En este sentido,
la Comisión Provincial de Urbanismo (CPU) de Málaga aprobó definitivamente, en fecha 19
de diciembre de 1991, la Revisión-Adaptación del Plan General de Ordenación Urbana
de Ronda, así pues, corresponde a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo (CTOTU) de Málaga, la aprobación de la corrección de errores de acuerdo
con la siguiente fundamentación de su habilitación competencial:
El artículo 31.2.B a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística
de Andalucía (en adelante LOUA), establece que corresponde a la Consejería competente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253630

I. Es de aplicación lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Púbicas,
según el cual las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de
oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos
existentes en sus actos.