5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/9-66)
Resolución de 4 de enero de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por la que se desisten las solicitudes de concesión de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31 de octubre), y reguladas por Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022
página 148/2
Sexto. El art. 45 de la LPACAP establece que los actos administrativos serán
objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada
procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano
competente. Asimismo, en los supuestos de publicaciones de actos que contengan
elementos comunes, podrán publicarse de forma conjunta los aspectos coincidentes,
especificándose solamente los aspectos individuales de cada acto.
Séptimo. Al amparo de la Instrucción de la Secretaría General de Vivienda de 13
de abril de 2020 sobre la tramitación de la presente convocatoria durante el período
de alarma, para mayor eficacia administrativa se efectúa la agrupación en un único
procedimiento de distintos expedientes por tratarse de la notificación de un mismo trámite,
incluyéndose los datos de cada solicitante en los anexos que se adjuntan.
Y de conformidad con los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Orden de 17 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas
para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad,
con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, convocadas
por la Orden de 30 de octubre de 2018.
Segundo. La competencia para realizar la presente resolución corresponde a esta
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, de
acuerdo con las bases decimoprimera y de las bases reguladoras, y en relación con el
Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio (BOJA núm. 31, de
14 de febrero); así como el Decreto 342/2012 de 31 de julio (BOJA núm. 150, de 1 de
agosto), por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de
la Junta de Andalucía.
Tercero. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma
para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Cuarto. El Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas
administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), en su disposición
final tercera modifica la citada Orden de 17 de octubre de 2018, en su apartado 1 de la
base reguladora decimoséptima, que queda redactado como sigue:
Quinto. Asimismo, resultan igualmente de aplicación:
- Decreto 141/2016, de 2 de agosto, por el que se regula el Plan de Vivienda y
Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.
- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de
Vivienda 2018-2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253446
«1. Las notificaciones se cursarán mediante publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, surtiendo los mismos efectos que la notificación individual. De
dicha publicación se dará aviso a las personas interesadas mediante llamada telefónica
o sms, o mediante escrito dirigido a la cuenta de correo electrónico consignada en las
solicitudes presentadas.»
BOJA
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022
página 148/2
Sexto. El art. 45 de la LPACAP establece que los actos administrativos serán
objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada
procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano
competente. Asimismo, en los supuestos de publicaciones de actos que contengan
elementos comunes, podrán publicarse de forma conjunta los aspectos coincidentes,
especificándose solamente los aspectos individuales de cada acto.
Séptimo. Al amparo de la Instrucción de la Secretaría General de Vivienda de 13
de abril de 2020 sobre la tramitación de la presente convocatoria durante el período
de alarma, para mayor eficacia administrativa se efectúa la agrupación en un único
procedimiento de distintos expedientes por tratarse de la notificación de un mismo trámite,
incluyéndose los datos de cada solicitante en los anexos que se adjuntan.
Y de conformidad con los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Orden de 17 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas
para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad,
con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, convocadas
por la Orden de 30 de octubre de 2018.
Segundo. La competencia para realizar la presente resolución corresponde a esta
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, de
acuerdo con las bases decimoprimera y de las bases reguladoras, y en relación con el
Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio (BOJA núm. 31, de
14 de febrero); así como el Decreto 342/2012 de 31 de julio (BOJA núm. 150, de 1 de
agosto), por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de
la Junta de Andalucía.
Tercero. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma
para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Cuarto. El Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas
administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), en su disposición
final tercera modifica la citada Orden de 17 de octubre de 2018, en su apartado 1 de la
base reguladora decimoséptima, que queda redactado como sigue:
Quinto. Asimismo, resultan igualmente de aplicación:
- Decreto 141/2016, de 2 de agosto, por el que se regula el Plan de Vivienda y
Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.
- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de
Vivienda 2018-2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253446
«1. Las notificaciones se cursarán mediante publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, surtiendo los mismos efectos que la notificación individual. De
dicha publicación se dará aviso a las personas interesadas mediante llamada telefónica
o sms, o mediante escrito dirigido a la cuenta de correo electrónico consignada en las
solicitudes presentadas.»