Disposiciones generales. Consejería de Salud y Familias. (2022/502-3)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 11 de enero de 2022, por la que se prorroga la medida establecida en la Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 2 - Viernes, 14 de enero de 2022
página 469/3
tienen menos consecuencias graves, pero aun así deben mantenerse las medidas
implementadas para minimizarse los riesgos en estos entornos de estas personas en
situación vulnerable, tal como se justificó en su momento.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el
artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, en el marco de los artículos 21.2 y 62.6 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de
Salud de Andalucía, y 71.2.c) y 83.3 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud
Pública de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Prórroga de la medida establecida en la Orden de 3 de diciembre de
2021, de la Consejería de Salud y Familias, por la que se establece la medida preventiva
de salud pública relativa al certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a
centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial.
Se prorroga, en los mismos términos, la medida establecida en la Orden de 3 de
diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa
al certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con
internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial, desde las 00:00 horas del
día 15 de enero de 2022 hasta las 00:00 horas del día 1 de febrero de 2022.
Disposición final primera. Ratificación judicial.
De conformidad con el artículo 41 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración
de la Junta de Andalucía, dese traslado al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en
orden a solicitar la ratificación judicial de aquellas medidas que puedan restringir o limitar
derechos fundamentales, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.8 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Disposición final segunda. Régimen sancionador.
El incumplimiento de la medida de prevención de salud pública de la presente orden
quedará sujeto al procedimiento de la actividad inspectora y al régimen sancionador
establecidos en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el
régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención
aplicables en Andalucía ante el COVID-19.
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
00253746
Consejero de Salud y Familias
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 2 - Viernes, 14 de enero de 2022
página 469/3
tienen menos consecuencias graves, pero aun así deben mantenerse las medidas
implementadas para minimizarse los riesgos en estos entornos de estas personas en
situación vulnerable, tal como se justificó en su momento.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el
artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, en el marco de los artículos 21.2 y 62.6 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de
Salud de Andalucía, y 71.2.c) y 83.3 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud
Pública de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Prórroga de la medida establecida en la Orden de 3 de diciembre de
2021, de la Consejería de Salud y Familias, por la que se establece la medida preventiva
de salud pública relativa al certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a
centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial.
Se prorroga, en los mismos términos, la medida establecida en la Orden de 3 de
diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa
al certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con
internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial, desde las 00:00 horas del
día 15 de enero de 2022 hasta las 00:00 horas del día 1 de febrero de 2022.
Disposición final primera. Ratificación judicial.
De conformidad con el artículo 41 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración
de la Junta de Andalucía, dese traslado al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en
orden a solicitar la ratificación judicial de aquellas medidas que puedan restringir o limitar
derechos fundamentales, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.8 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Disposición final segunda. Régimen sancionador.
El incumplimiento de la medida de prevención de salud pública de la presente orden
quedará sujeto al procedimiento de la actividad inspectora y al régimen sancionador
establecidos en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el
régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención
aplicables en Andalucía ante el COVID-19.
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
00253746
Consejero de Salud y Familias
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja