3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/9-22)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se aprueban los formularios acogidos a la convocatoria de 26 de octubre de 2021 de los incentivos para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios del reto demográfico (Programa PREE 5000), acogidos al Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, y se modifica la citada convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022

página 223/8

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4.

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ANEXO I

DECLARACIONES (Continuación)

DECLARACIÓN DE ACCESO A LA COFINANCIACIÓN A TRAVÉS DEL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Y DEL
PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos que a continuación se señalan, y que la persona o
entidad solicitante:
Conoce que el incentivo que se solicita es financiado con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia dentro del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Fondo de Recuperación Next Generation UE
Conoce las condiciones que han de cumplirse para poder acceder a la financiación con cargo al Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, dentro del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Fondo de Recuperación Next
Generation UE., de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
4.2

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

de

Conoce las condiciones establecidas en las bases reguladoras y específicamente las exigidas por la participación de los
fondos con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la financiación de la actuación para el que se
solicita el incentivo, que se refieren a los siguientes aspectos: Normativa general, financiación de los incentivos,
compatibilidad con otras ayudas, requisitos de los proyectos incentivables, conceptos de inversión o gasto objeto de
incentivo, resolución y publicación de los incentivos, obligaciones, forma de justificación y obligaciones de las personas o
entidades beneficiarias acerca de información y publicidad.

Dispone de la suficiente capacidad para cumplir las condiciones específicas de la concesión de los incentivos incluidas en
las bases reguladoras y en la convocatoria
Dispone de suficiente capacidad para cumplir las condiciones de financiación de la operación, así como para conservar los
originales de las facturas y demás soportes justificativos de los gastos imputados, incluidos los documentos electrónicos ,
así como los correspondientes justificantes de pago, de manera que garanticen la regularidad del gasto, la realidad de los
pagos y su adecuación a las condiciones previstas para la concesión de los incentivos, así como una pista de auditoría
adecuada, para su puesta a disposición de los órganos administrativos, de gestión y de control, para el caso de que sean
requeridos, de acuerdo a lo establecido en las bases reguladoras, la convocatoria y la normativa de aplicación a los fondos
procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Dispone de suficiente capacidad para la ejecución de la actuación para la que solicita incentivo con las condiciones y
requisitos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria del incentivo
Conoce que para que la actuación sea incentivable, el beneficiario debe percibir los bienes, servicios y productos
incentivados y que el gasto declarado en su momento, en relación con los mismos, ha debido ser pagado, cumpliendo con
la legislación aplicable
Garantiza que, con excepción de las personas físicas que no desarrollen actividades económicas por las que ofrezcan
bienes y/o servicios en el mercado, utilizan un sistema de contabilidad diferenciado o un código contable adecuado para
las transacciones relacionadas con la operación, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional. Este sistema permite
identificar claramente cada una de las transacciones relacionadas con la actuación para la que se solicita el incentivo. En
los casos en los que el solicitante, por su naturaleza, no esté obligado a llevar contabilidad, la identificación de las
transacciones queda reflejada en los correspondientes libros de registro de la actividad empresarial. En cualquier caso, el
sistema contable utilizado permitirá identificar todos los gastos asociados a la actuación objeto del incentivo.
Declara conocer los límites, condiciones e intensidades de ayuda establecidos por la normativa europea de ayudas estado
y en particular lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 y en su caso, lo
dispuesto en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.

Asimismo, la persona o entidad solicitante da su expreso consentimiento para que los datos facilitados sean usados para el
seguimiento y la evaluación de las actuaciones cofinanciadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
dentro del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero y
en las bases reguladoras.

5.

DOCUMENTACIÓN

Presento la siguiente documentación (original o copia electrónica)

00253481

003720

Para todas las personas o entidades solicitantes:
Certificado de situación censal o equivalente expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que acredite,
como mínimo, el domicilio fiscal en España de la persona o entidad solicitante, y NIF, y en el caso de empresas, además, la
actividad de la misma y el alta en el Impuesto de Actividades Económicas. En el caso de personas o empresarias
autónomas deberán acreditar, además, el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja