3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/9-22)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se aprueban los formularios acogidos a la convocatoria de 26 de octubre de 2021 de los incentivos para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios del reto demográfico (Programa PREE 5000), acogidos al Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, y se modifica la citada convocatoria.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022

página 223/5

(Página

4.

4.1

de

)

ANEXO I

DECLARACIONES

DECLARACIONES PARA ACCEDER A LA CONDICIÓN DE PERSONA O ENTIDAD BENEFICIARIA:

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que la persona o entidad solicitante:

Cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria de los incentivos, y aporta con esta solicitud la
información y documentación exigida en las bases reguladoras y en la convocatoria.
Conoce las obligaciones que le corresponden en caso de resultar beneficiaria del incentivo conforme a lo dispuesto en el
Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto y su convocatoria, y se compromete a cumplirlas y a mantener los requisitos
requeridos durante el período previsto en la normativa de aplicación a los referidos incentivos.
No se halla incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13, apartado 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y no tener deudas en período ejecutivo de cualquier ingreso de derecho público de la
Junta de Andalucía. Y en particular, se halla al corriente del pago de las obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas
conforme a lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de no estar
obligados a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los artículos 18 y 19 del citado Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se deberá hacer mención expresa al fundamento de dicha exención:
No haber sido sancionada en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las
personas con discapacidad.

No haber sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar
prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.

En el caso de empresas, no concurrir la calificación de empresa en crisis según se define en el Reglamento UE 651/2014, de
17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y
reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C249/1, de 31 de julio de 2014) y
no estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado
una ayuda legal e incompatible con el mercado interior o por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que le
vinieran atribuidas en la concesión.
No ha solicitado ni obtenido subvenciones o ayudas para la misma finalidad relacionadas con esta solicitud.

Ha solicitado y/u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad relacionadas con esta
solicitud, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

Solicitadas
Fecha/Año

Concedidas
Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto

Otra/s (especificar):









Minimis
(Sí/No)

Minimis
(Sí/No)

Son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud.
Otra/s (especificar):

Asimismo, DECLARO expresamente que la persona o entidad solicitante CONOCE que:

La información sobre las circunstancias previstas en los artículos 13.2, a) y h) y 20.9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
se comprobará por parte de la Agencia Andaluza de la Energía a través de la consulta a la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (BDNS), conforme a lo previsto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de
Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas.

El listado de empresas de servicios energéticos, a través de la página web del Instituto para la Diversificación y Ahorro de
Energía (IDAE)
La condición de entidad local o del sector público institucional de las administraciones públicas, se comprobará través de
la consulta del Inventario de Entes Públicos

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253481

003720

Los datos del inmueble que sean de acceso público se comprobarán por parte de la Agencia Andaluza de la Energía, a
través de la consulta a la sede electrónica del catastro.