Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/9-2)
Orden de 29 de diciembre de 2021, por la que se convoca para el año 2021, las ayudas destinadas a Prestación de servicios medioambientales, por el sector de la acuicultura (artículo 54.1.a del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca), previstas en la Orden de 30 de enero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el Desarrollo Sostenible de la Acuicultura Marina en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022

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ANEXO I

INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO (Continuación)
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS PARA APLICARLOS (Continuación)
Solamente las solicitudes con alguna puntuación en este apartado de criterios generales pueden seguir siendo valoradas con los
criterios específicos, ya que los criterios generales deben entenderse como criterios de elegibilidad de las operaciones. La
puntuación obtenida con la aplicación de los criterios generales no se sumará a la puntuación obtenida con la aplicación de los
criterios específicos.
CRITERIOS ESPECÍFICOS. Estos criterios de valoración pueden, dependiendo de la naturaleza y configuración de la operación,
aplicarse parcialmente o en su totalidad: Se valorarán con un máximo de 40 puntos.
1 - Lucro cesante de 2021 : Hasta 3 puntos.
A la solicitud que ofrezca el mayor lucro cesante se le otorgará la puntuación mayor, puntuándose el resto de las solicitudes
de ayudas proporcionalmente a la baja.
2 - Aspectos ambientales : Hasta 10 puntos.
- Mayor beneficios ambientales, medidos a través del número de hectáreas de cultivo que presta el servicio medioambiental:
Hasta 10 puntos.
- Para la valoración de este criterio : Al número mayor se le dará la máxima puntuación; puntuándose el resto
proporcionalmente a la baja.
Los proyectos que no obtengan un mínimo de 10 puntos en la valoración de los criterios específicos serán eliminados, sin que
tengan derecho a la concesión de la ayuda.
Priorización en caso de empate: El empate se dirimirá de acuerdo a la mayor puntuación obtenida en algunos de los criterios de
valoración; empezando por el primer criterio de valoración recogido en el apartado anterior de criterios específicos presentados en
este mismo formulario y, continuando en orden decreciente, conforme a la prelación establecida en el mencionado apartado.
6. DECLARACIÓN, SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA
Deberá declarar que son ciertos cuantos datos figuran en el presente documento, y firmar el formulario.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

00253471

003705

DIR3. CÓDIGO DIRECTORIO COMÚN DE UNIDADES ORGÁNICAS. Con carácter general, este código aparecerá cumplimentado, en
caso contrario podrá consultar en las oficinas de asistencia en materia de registros o bien en esta dirección:
https://ws024.juntadeandalucia.es/ae/directoriocomundeunidadesorganicas

http://www.juntadeandalucia.es/eboja