5. Anuncios. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/9-39)
Anuncio de 16 de diciembre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción al proyecto que se cita, ubicado en el paraje «Villafranquilla» de los términos municipales de Córdoba y de Guadalcázar (Córdoba). (PP. 3782/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022
página 20181/3
- T.m. de Córdoba: El promotor presenta el ICUR compatible emitido por el Excmo
Ayuntamiento de Córdoba de fecha 18 de julio de 2019. Presenta un nuevo informe
compatible de fecha 29 de octubre de 2019, debido a modificaciones planteada en el
proyecto.
- T.m. de Guadalcázar: El promotor presentar el ICUR compatible para la línea e
evacuación emitido por el Excmo Ayuntamiento de Guadalcázar con fecha 25 de
noviembre de 2019.
Sexto. En relación al informe de compatibilidad con el régimen urbanístico emitido
por la Delegación competente en materia de urbanismo de la Junta de Andalucía,
después de la entrada en vigor del Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y
simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía,
ya no es necesario solicitar dicho informe en el trámite de autorización sustantiva.
Pero como el trámite del presente expediente se inicio antes de la promulgación del
mencionado decreto ley, el solicitante aportó anexo descriptivo de las determinaciones
del planeamiento urbanístico de aplicación y análisis de su cumplimiento y se remitió a
la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del
Territorio, emitiendo con fecha 24 de enero de 2020, informe en donde expresa que la
actuación es autorizable desde el punto de vista de compatibilidad urbanística.
Séptimo. En relación al Informe Ambiental Vinculante la Delegación Territorial de
Desarrollo Sostenible en Córdoba emitió con fecha 26 de octubre de 2021 informe
vinculante favorable conforme a lo previsto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, de 3
de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada.
La autorización ambiental unificada de la planta se puede consultar en la siguiente
dirección: http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Noveno. En base al artículo 53 de la Ley del Sector Eléctrico junto al proyecto, el
titular presentar declaración responsable de fecha 5 de agosto de 2021 que acredita el
cumplimiento reglamentario del proyecto de ejecución, a los efectos de la obtención de
la autorización administrativa de construcción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252453
Octavo. En relación al importe de la garantía necesaria para la restauración de
las condiciones ambientales y paisajísticas de los terrenos y de su entorno inmediato,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52.6 de la Ley 7/2002, de Ordenación
Urbanística de Andalucía, 17 de diciembre, y según lo establecido en el artículo 12.4 de
la Ley 2/2007, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética
en Andalucía, de 27 de marzo, presentan anexo al proyecto con el presupuesto de
desmantelamiento mediante anexo corrector al proyecto:
- Presupuesto desmantelamiento t.m. de Córdoba: 865.429.47 euros.
- Presupuesto desmantelamiento t.m. de Guadalcázar (córdoba): 2.012,77 euros.
A dicha cantidad habrá que sumarle un 6% de beneficio industrial, un 13% de gastos
generales y, a la cantidad resultante, un 21% de IVA, dando por resultado la cantidad de:
- Garantía a constituir Ayto. de Córdoba: 198.962,24 euros.
- Garantía a constituir Ayto. de Guadalcázar: 462,74 euros.
Por tanto, se establece la cantidad 198.962,24 euros (Ayuntamiento de Córdoba)
y 462,74 euros (Ayuntamiento de Guadalcázar), como garantía a constituir ante el
Ayuntamiento correspondiente, para el desmantelamiento de la PSF y sus instalaciones
de evacuación, y la restauración de las condiciones ambientales y paisajísticas de los
terrenos del entorno inmediato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.4 de
la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y
eficiencia energética de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022
página 20181/3
- T.m. de Córdoba: El promotor presenta el ICUR compatible emitido por el Excmo
Ayuntamiento de Córdoba de fecha 18 de julio de 2019. Presenta un nuevo informe
compatible de fecha 29 de octubre de 2019, debido a modificaciones planteada en el
proyecto.
- T.m. de Guadalcázar: El promotor presentar el ICUR compatible para la línea e
evacuación emitido por el Excmo Ayuntamiento de Guadalcázar con fecha 25 de
noviembre de 2019.
Sexto. En relación al informe de compatibilidad con el régimen urbanístico emitido
por la Delegación competente en materia de urbanismo de la Junta de Andalucía,
después de la entrada en vigor del Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y
simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía,
ya no es necesario solicitar dicho informe en el trámite de autorización sustantiva.
Pero como el trámite del presente expediente se inicio antes de la promulgación del
mencionado decreto ley, el solicitante aportó anexo descriptivo de las determinaciones
del planeamiento urbanístico de aplicación y análisis de su cumplimiento y se remitió a
la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del
Territorio, emitiendo con fecha 24 de enero de 2020, informe en donde expresa que la
actuación es autorizable desde el punto de vista de compatibilidad urbanística.
Séptimo. En relación al Informe Ambiental Vinculante la Delegación Territorial de
Desarrollo Sostenible en Córdoba emitió con fecha 26 de octubre de 2021 informe
vinculante favorable conforme a lo previsto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, de 3
de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada.
La autorización ambiental unificada de la planta se puede consultar en la siguiente
dirección: http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Noveno. En base al artículo 53 de la Ley del Sector Eléctrico junto al proyecto, el
titular presentar declaración responsable de fecha 5 de agosto de 2021 que acredita el
cumplimiento reglamentario del proyecto de ejecución, a los efectos de la obtención de
la autorización administrativa de construcción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252453
Octavo. En relación al importe de la garantía necesaria para la restauración de
las condiciones ambientales y paisajísticas de los terrenos y de su entorno inmediato,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52.6 de la Ley 7/2002, de Ordenación
Urbanística de Andalucía, 17 de diciembre, y según lo establecido en el artículo 12.4 de
la Ley 2/2007, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética
en Andalucía, de 27 de marzo, presentan anexo al proyecto con el presupuesto de
desmantelamiento mediante anexo corrector al proyecto:
- Presupuesto desmantelamiento t.m. de Córdoba: 865.429.47 euros.
- Presupuesto desmantelamiento t.m. de Guadalcázar (córdoba): 2.012,77 euros.
A dicha cantidad habrá que sumarle un 6% de beneficio industrial, un 13% de gastos
generales y, a la cantidad resultante, un 21% de IVA, dando por resultado la cantidad de:
- Garantía a constituir Ayto. de Córdoba: 198.962,24 euros.
- Garantía a constituir Ayto. de Guadalcázar: 462,74 euros.
Por tanto, se establece la cantidad 198.962,24 euros (Ayuntamiento de Córdoba)
y 462,74 euros (Ayuntamiento de Guadalcázar), como garantía a constituir ante el
Ayuntamiento correspondiente, para el desmantelamiento de la PSF y sus instalaciones
de evacuación, y la restauración de las condiciones ambientales y paisajísticas de los
terrenos del entorno inmediato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.4 de
la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y
eficiencia energética de Andalucía.