3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/8-26)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto de esta Universidad para el ejercicio 2022.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Jueves, 13 de enero de 2022

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Campus de Cádiz.
Campus de Jerez.
Campus de Puerto Real.
Consejo Social.
Rectorado (Servicio de Gestión Económica, Contrataciones y Patrimonio).

2. A fin de agilizar el proceso de pago y adecuar el mismo a las necesidades de la estructura organizativa, la
Gerente podrá acordar la puesta en marcha de nuevas Cajas Habilitadas o modificar las existentes.
Artículo 78. Finalidad.
La finalidad de las Cajas Habilitadas es recibir los fondos que la Universidad de Cádiz le transfiera mediante
anticipos para atender las necesidades de las Unidades de Gastos correspondientes.
Artículo 79. Ejecución de los pagos.
1. El ejecutor de los pagos será en orden descendente:
a) El Administrador.
b) En ausencia del anterior, el Jefe de Sección que tenga encomendadas las funciones de gestión en
materia económico presupuestaria y, en su ausencia, el Técnico que determine el Administrador.
c) En ausencia de los anteriores, en orden descendente, el Gestor Especialista y el Gestor de la
Administración que determine la Gerente a propuesta del Administrador.
d) En ausencia de los anteriores, el Decano o Director del Centro, Servicio o Instituto.
2. En el caso de la Caja Habilitada del Rectorado, el ejecutor de los pagos será en orden descendente:
a) El Técnico del Servicio de Gestión Económica, Contrataciones y Patrimonio que tenga encomendadas
las funciones de ejecutor de pagos de la Caja Habilitada del Rectorado.
b) En ausencia del anterior, el Gestor Especialista que tenga encomendadas las funciones de apoyo a la
ejecución de pagos de la Caja Habilitada del Rectorado.
c) En ausencia de los anteriores, el Jefe de Sección que tenga encomendadas las funciones de gestión en
materia económico presupuestaria en el Servicio de Gestión Económica, Contrataciones y Patrimonio.
d) En ausencia de los anteriores, la Jefa de Servicio de Gestión Económica, Contrataciones y Patrimonio.
Artículo 80. Situación y disposición de los fondos.
1. La situación de los fondos de los anticipos de las Cajas Habilitadas se hará en la entidad financiera que la
Gerente determine.
2. La disposición de fondos se efectuará con la firma indistinta, y en el mismo orden de prelación, de las personas
autorizadas en el artículo anterior, preferentemente mediante órdenes de transferencias y subsidiariamente
mediante cheques.
3. Deberán de figurar como firmas autorizadas el Administrador, el Jefe de Sección, Técnico, Gestor Especialista
o Gestor que corresponda conforme a la organización para la ejecución de pagos autorizada por la Gerente. En
caso que se estime necesario, podrán también figurar como firmas autorizadas el Vicerrector que corresponda y
el Decano/Director del Centro, Instituto o Servicio.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253419

4. La denominación de la cuenta será: Universidad de Cádiz y el nombre de la Caja Habilitada. El domicilio será el
del Centro o Unidad Administrativa correspondiente.