3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/8-26)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto de esta Universidad para el ejercicio 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Jueves, 13 de enero de 2022
página 167/43
Excepcionalmente, dicha conformidad podrá realizarse mediante firma manuscrita o certificación digital del
responsable de la Unidad de Gasto sobre el modelo establecido a tal efecto por la Gerente de la Universidad de
Cádiz, mediante conformidad expresa sobre el cuerpo de la factura o justificante, indicando la expresión
“Conforme”, o a través de correo electrónico dirigido a la Administración que tengan asignada. En todos los
casos, deberá quedar constancia de:
1ª) La fecha del día en que se firma.
2ª) Firma y pie de firma, con indicación de nombre y apellidos del responsable de la Unidad de Gasto.
16. En los contratos menores, el conforme de las facturas y justificantes acreditará explícitamente la recepción
en condiciones satisfactorias, en cuanto a cantidad, calidad y precio de los bienes y servicios recibidos, así como
a la comprobación de los cálculos en la factura.
17. Cuando proceda, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable en materia de contratos del sector
público, se deberá elaborar y suscribir la correspondiente acta de recepción o certificación sustitutiva de ésta
dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega de los bienes o servicios, a la cual se podrá incorporar
la factura correspondiente, conformada en el mismo acto.
Artículo 74. Ordenación del Pago.
1. La ordenación del pago es el acto mediante el cual se expide, en relación con una obligación reconocida
anteriormente, una orden de pago contra la tesorería de la Universidad.
2. La expedición de órdenes de pago con cargo al Presupuesto habrá de acomodarse al plan general que sobre
disposición de fondos de la Tesorería se haya establecido por el Rector.
Artículo 75. Pago material.
1. El pago material es el acto mediante el cual se satisfacen a los perceptores, a cuyo favor estuvieran expedidas
las órdenes de pago, los importes que figuran en las mismas, produciéndose la salida de fondos de la tesorería
de la Universidad, y determinando la cancelación de una determinada obligación reconocida anteriormente.
2. Los pagos podrán realizarse “en firme” o “a justificar”. La Gerente podrá determinar la calificación de pago
urgente previa memoria explicativa del responsable de la Unidad de Gasto.
Artículo 76. Plazos y formas de pago.
1. La Universidad de Cádiz podrá hacer el pago de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta o, en el caso
de contratos de tracto sucesivo, mediante pago en cada uno de los vencimientos que se hubiesen estipulado. Se
deberá expedir y entregar factura por las certificaciones de obra o los abonos a cuenta que se tramiten con
anterioridad al cumplimiento total del contrato. En estos casos, se hará indicación expresa de esta circunstancia
en las facturas correspondientes.
2. El medio preferente de pago es la transferencia bancaria. En casos excepcionales y/o por razones de
oportunidad se podrá utilizar el cheque nominativo o el pago en efectivo.
3. En su caso, el pago mediante tarjeta electrónica sólo se podrá realizar en los casos en los que así se autorice
expresamente por el Rector.
CAPÍTULO III. Cajas Habilitadas.
Artículo 77. Cajas Habilitadas autorizadas.
1. A fin de agilizar el proceso de pago, en el ejercicio 2022 funcionarán las siguientes Cajas Habilitadas:
34
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253419
a) Área de Deportes.
b) Campus Bahía de Algeciras.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Jueves, 13 de enero de 2022
página 167/43
Excepcionalmente, dicha conformidad podrá realizarse mediante firma manuscrita o certificación digital del
responsable de la Unidad de Gasto sobre el modelo establecido a tal efecto por la Gerente de la Universidad de
Cádiz, mediante conformidad expresa sobre el cuerpo de la factura o justificante, indicando la expresión
“Conforme”, o a través de correo electrónico dirigido a la Administración que tengan asignada. En todos los
casos, deberá quedar constancia de:
1ª) La fecha del día en que se firma.
2ª) Firma y pie de firma, con indicación de nombre y apellidos del responsable de la Unidad de Gasto.
16. En los contratos menores, el conforme de las facturas y justificantes acreditará explícitamente la recepción
en condiciones satisfactorias, en cuanto a cantidad, calidad y precio de los bienes y servicios recibidos, así como
a la comprobación de los cálculos en la factura.
17. Cuando proceda, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable en materia de contratos del sector
público, se deberá elaborar y suscribir la correspondiente acta de recepción o certificación sustitutiva de ésta
dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega de los bienes o servicios, a la cual se podrá incorporar
la factura correspondiente, conformada en el mismo acto.
Artículo 74. Ordenación del Pago.
1. La ordenación del pago es el acto mediante el cual se expide, en relación con una obligación reconocida
anteriormente, una orden de pago contra la tesorería de la Universidad.
2. La expedición de órdenes de pago con cargo al Presupuesto habrá de acomodarse al plan general que sobre
disposición de fondos de la Tesorería se haya establecido por el Rector.
Artículo 75. Pago material.
1. El pago material es el acto mediante el cual se satisfacen a los perceptores, a cuyo favor estuvieran expedidas
las órdenes de pago, los importes que figuran en las mismas, produciéndose la salida de fondos de la tesorería
de la Universidad, y determinando la cancelación de una determinada obligación reconocida anteriormente.
2. Los pagos podrán realizarse “en firme” o “a justificar”. La Gerente podrá determinar la calificación de pago
urgente previa memoria explicativa del responsable de la Unidad de Gasto.
Artículo 76. Plazos y formas de pago.
1. La Universidad de Cádiz podrá hacer el pago de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta o, en el caso
de contratos de tracto sucesivo, mediante pago en cada uno de los vencimientos que se hubiesen estipulado. Se
deberá expedir y entregar factura por las certificaciones de obra o los abonos a cuenta que se tramiten con
anterioridad al cumplimiento total del contrato. En estos casos, se hará indicación expresa de esta circunstancia
en las facturas correspondientes.
2. El medio preferente de pago es la transferencia bancaria. En casos excepcionales y/o por razones de
oportunidad se podrá utilizar el cheque nominativo o el pago en efectivo.
3. En su caso, el pago mediante tarjeta electrónica sólo se podrá realizar en los casos en los que así se autorice
expresamente por el Rector.
CAPÍTULO III. Cajas Habilitadas.
Artículo 77. Cajas Habilitadas autorizadas.
1. A fin de agilizar el proceso de pago, en el ejercicio 2022 funcionarán las siguientes Cajas Habilitadas:
34
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253419
a) Área de Deportes.
b) Campus Bahía de Algeciras.