3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/8-26)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto de esta Universidad para el ejercicio 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Jueves, 13 de enero de 2022
página 167/17
Artículo 10. Clasificación orgánica. Unidades de gasto.
1. Los créditos del Presupuesto de la Universidad de Cádiz se distribuyen por Unidades de Gasto, entendiéndose
como tales aquellos órganos y unidades administrativas con diferenciación presupuestaria y responsabilidad en
la gestión de las partidas autorizadas por los órganos competentes.
2. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz:
2.1. En la organización central, son órganos de gobierno unipersonales superiores y directivos:
a)
Órganos de gobierno superiores: Rector, Vicerrectores, Secretario General y Gerente.
b) Órganos de gobierno directivos: Directores Generales, Directores de Gabinete y de Unidades técnicas y
Directores de Secretariado.
2.2. En el ámbito de la organización de los Centros y Departamentos e Institutos Universitarios de
Investigación, son órganos periféricos de gobierno superiores y directivos:
a)
Órganos de gobierno superiores: Decanos y Directores de Centro, Directores de Departamento y
Directores de Institutos Universitarios de Investigación.
b) Órganos de gobierno directivos: Vicedecanos, Subdirectores y Secretarios de Centro y Secretarios de
Departamento.
2.3. Son órganos de gobierno colegiados el Consejo Social, Consejo de Gobierno, Claustro Universitario,
Consejo de Dirección, Junta Consultiva, Juntas de Facultad, de Escuela Técnica o Politécnica Superior y de
Escuela Universitaria, Consejos de Departamento y Consejos de Instituto Universitario de Investigación.
2.4. Las unidades administrativas son los elementos organizativos básicos de las estructuras orgánicas. Son
unidades administrativas:
a) Los órganos, centrales y periféricos de gestión ordinaria.
b) Los servicios universitarios.
Artículo 11. Responsables de Unidades de Gasto.
1. Las Unidades de Gasto tendrán como titular una persona física que será la responsable de gestionar las
dotaciones presupuestarias que se asignen a la misma.
2. Corresponderá a los responsables de las Unidades de Gasto:
a) Garantizar el cumplimiento de los principios de economía, eficacia y eficiencia del gasto, con objetividad y
transparencia exigibles en la administración de los recursos públicos.
b)
Asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en materia económico-presupuestaria, en especial la
relativa a la contratación en el ámbito del sector público.
c) Gestionar la disposición de los gastos, que tendrán como límite los créditos presupuestarios que tenga
asignada cada Unidad.
3. Tienen la condición de responsables de Unidades de Gasto:
a) Los Vicerrectores y cargos asimilados, Defensora Universitaria, Inspectora General de Servicios,
Secretario General y Directores Generales que tengan asignadas dotaciones presupuestarias
específicas.
8
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253419
b) La Gerente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Jueves, 13 de enero de 2022
página 167/17
Artículo 10. Clasificación orgánica. Unidades de gasto.
1. Los créditos del Presupuesto de la Universidad de Cádiz se distribuyen por Unidades de Gasto, entendiéndose
como tales aquellos órganos y unidades administrativas con diferenciación presupuestaria y responsabilidad en
la gestión de las partidas autorizadas por los órganos competentes.
2. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz:
2.1. En la organización central, son órganos de gobierno unipersonales superiores y directivos:
a)
Órganos de gobierno superiores: Rector, Vicerrectores, Secretario General y Gerente.
b) Órganos de gobierno directivos: Directores Generales, Directores de Gabinete y de Unidades técnicas y
Directores de Secretariado.
2.2. En el ámbito de la organización de los Centros y Departamentos e Institutos Universitarios de
Investigación, son órganos periféricos de gobierno superiores y directivos:
a)
Órganos de gobierno superiores: Decanos y Directores de Centro, Directores de Departamento y
Directores de Institutos Universitarios de Investigación.
b) Órganos de gobierno directivos: Vicedecanos, Subdirectores y Secretarios de Centro y Secretarios de
Departamento.
2.3. Son órganos de gobierno colegiados el Consejo Social, Consejo de Gobierno, Claustro Universitario,
Consejo de Dirección, Junta Consultiva, Juntas de Facultad, de Escuela Técnica o Politécnica Superior y de
Escuela Universitaria, Consejos de Departamento y Consejos de Instituto Universitario de Investigación.
2.4. Las unidades administrativas son los elementos organizativos básicos de las estructuras orgánicas. Son
unidades administrativas:
a) Los órganos, centrales y periféricos de gestión ordinaria.
b) Los servicios universitarios.
Artículo 11. Responsables de Unidades de Gasto.
1. Las Unidades de Gasto tendrán como titular una persona física que será la responsable de gestionar las
dotaciones presupuestarias que se asignen a la misma.
2. Corresponderá a los responsables de las Unidades de Gasto:
a) Garantizar el cumplimiento de los principios de economía, eficacia y eficiencia del gasto, con objetividad y
transparencia exigibles en la administración de los recursos públicos.
b)
Asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en materia económico-presupuestaria, en especial la
relativa a la contratación en el ámbito del sector público.
c) Gestionar la disposición de los gastos, que tendrán como límite los créditos presupuestarios que tenga
asignada cada Unidad.
3. Tienen la condición de responsables de Unidades de Gasto:
a) Los Vicerrectores y cargos asimilados, Defensora Universitaria, Inspectora General de Servicios,
Secretario General y Directores Generales que tengan asignadas dotaciones presupuestarias
específicas.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253419
b) La Gerente.