Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/6-2)
Orden de 28 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de medidas de apoyo urgente para proyectos para la mejora de las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico existentes para incrementar su eficacia en la recuperación de materiales susceptibles de ser reciclados, dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU (línea 4, sublínea 4.3), y se efectúa su convocatoria en el año 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 6 - Martes, 11 de enero de 2022

página 70/3

En su virtud, a propuesta de la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y
Cambio Climático, conforme a los establecido en el artículo 8.4.b) del Decreto 103/2019,
de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y en uso de las facultades que
me confiere el artículo 118.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobada por Decreto Legislativo 1/2010, de
2 de marzo, y el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras.
Se aprueban las bases reguladoras, contenidas en el Anexo I de esta orden, para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a
proyectos de «Mejora de las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico existentes
para incrementar su eficacia en la recuperación de materiales susceptibles de ser
reciclados», dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos,
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) –financiado
por la Unión Europea– NextGenerationEU (línea 4, sublínea 4.3), en el ámbito territorial
de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 2. Convocatoria de las ayudas.
1. Se convoca para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, la
concesión de subvenciones reguladas en el Anexo I de la presente orden dirigidas a los
municipios u otras entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios
constituidos por dichas entidades locales, en el ámbito territorial de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios del
tratamiento de los residuos, para proyectos de «Mejora de las instalaciones de tratamiento
mecánico-biológico existentes para incrementar su eficacia en la recuperación de
materiales susceptibles de ser reciclados», dentro del Plan de Apoyo a la Implementación
de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia (PRTR) –financiado por la Unión Europea– NextGenerationEU (línea 4,
sublínea 4.3), bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, no
discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados en la presente
disposición y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 15.827.371,43 euros.
Las ayudas se financiarán con fondos procedentes del Instrumento Europeo
de Recuperación denominado «Next Generation EU». Se imputarán las ayudas
correspondientes a esta convocatoria a la partida presupuestaria del Plan de apoyo a la
implementación de la normativa de residuos 23.050.450F.755.
Las anualidades previstas, que se señalan a continuación, estarán a cargo de la
partida presupuestaria: 1300180000 G/44B/76000/00 18 2021000996 MR05120301.
2021

2022

2023

2024

2025

-

7.913.685,71 €

1.978.421,43 €

1.978.421,43 €

1.978.421,43 €

2026

Total

1.978.421,43 € 15.827.371,43 €

3. Todas las actuaciones previstas deberán agruparse en un único proyecto por
instalación de tratamiento.
4. Los sobrantes de crédito por menor número de solicitudes presentadas podrán
ser redistribuidos proporcionalmente a la puntuación obtenida, en los términos
establecidos en el artículo 7.2 del Anexo I de la presente orden, hasta el límite máximo
financiable del 90% del coste total subvencionable del proyecto, sin que este hecho
tenga la consideración de un aumento de la cuantía máxima del crédito aprobado de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253341

Línea 4
Sublínea 4.3