Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/6-2)
Orden de 28 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de medidas de apoyo urgente para proyectos para la mejora de las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico existentes para incrementar su eficacia en la recuperación de materiales susceptibles de ser reciclados, dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU (línea 4, sublínea 4.3), y se efectúa su convocatoria en el año 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Martes, 11 de enero de 2022

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Para el cálculo del rendimiento se tendrán en cuenta los datos respecto al ejercicio
2019. Se deberá aportar la documentación justificativa que acredite el dato de rendimiento
propuesto por la instalación, junto a la documentación técnica requerida en el apartado 2
del artículo 13 de las presentes bases reguladoras.
c) Criterios relacionados con intensidad de la ayuda solicitada: Máx. 5 puntos.
i. E
 n el caso de que el importe de subvención que solicita la entidad beneficiaria sea
de hasta el 30% sobre presupuesto total financiable. 5 puntos.
ii. E
 n el caso de que el importe de subvención que solicita la entidad beneficiaria
sea de entre el 30 % y el 50 % sobre presupuesto total financiable. 2 puntos.
iii. En el caso de que el importe de subvención que solicita la entidad beneficiaria
sea superior al 50% e inferior al 70% sobre presupuesto total financiable. 1 punto.
iv. E
 n el caso de que el importe de subvención que solicita la entidad beneficiaria sea
superior al 70% e inferior al 90% sobre presupuesto total financiable. 0 puntos.
2. Proyectos TIPO B: Mejora del resultado de los procesos en plantas automáticas
de tratamiento mecánico-biológico y automatización de plantas manuales de tratamiento
mecánico biológico con una entrada de residuos en el año 2019 inferior a 50.000 toneladas.
a) Criterio de población atendida: Máx. 10 puntos.
Dependiendo de la población asistida que trate su fracción resto en la instalación de
tratamiento mecánico-biológico, a fecha de 1 de enero de 2020, la puntuación será de un
punto por cada 100.000 habitantes atendidos hasta un máximo de diez puntos.
b) Incremento en el rendimiento de la recuperación de materiales reciclables
recuperados (metales, cartón, plásticos y vidrio) en la planta de tratamiento mecánicobiológico, respecto al rendimiento de 2019: Max. 10 puntos.
Entendiendo por rendimiento de recuperación la cantidad de materiales reciclables
inorgánicos recuperados (metales, cartón, plásticos y vidrio) sobre las entradas a la
planta, la puntuación podrá ser:
CP = 10 x (Rm - Ra)
CP: puntuación obtenida del apartado.
Ra: rendimiento del año 2019 expresado en % en peso.
Rm: rendimiento estimado tras las mejoras expresado en % en peso.

Artículo 7. Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables.
1. Intensidad máxima de la subvención.
a) Intensidad máxima de la financiación para las actuaciones reguladas en estas bases,
no excederá en ningún caso del 90% del coste total del presupuesto subvencionable del
proyecto y será compatible con la financiación que los solicitantes puedan recibir de otras
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253341

Para el cálculo del rendimiento se tendrán en cuenta los datos respecto al ejercicio
2019. Se deberá aportar la documentación justificativa que acredite el dato de rendimiento
propuesto por la instalación, junto a la documentación técnica requerida en el apartado 2
del artículo 13 de las presentes bases reguladoras.
c) Criterios relacionados con intensidad de la ayuda solicitada: Máx. 5 puntos.
i. E
 n el caso de que el importe de subvención que solicita la entidad beneficiaria sea
de hasta el 30% sobre presupuesto total financiable. 5 puntos.
ii. E
 n el caso de que el importe de subvención que solicita la entidad beneficiaria
sea de entre el 30 % y el 50 % sobre presupuesto total financiable. 2 puntos.
iii. En el caso de que el importe de subvención que solicita la entidad beneficiaria
sea superior al 50% e inferior al 70% sobre presupuesto total financiable. 1 punto.
iv. E
 n el caso de que el importe de subvención que solicita la entidad beneficiaria sea
superior al 70% e inferior al 90% sobre presupuesto total financiable. 0 puntos.