Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/6-4)
Extracto de la Orden de 28 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgentes para proyectos para la mejora de las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico existentes para incrementar su eficacia en la recuperación de materiales susceptibles de ser reciclados, dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU (línea 4, sublínea 4.3) y se efectúa su convocatoria en el año 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Martes, 11 de enero de 2022

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aplicable establezca la necesidad de la presentación de documentos originales de
conformidad con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común.
7. El importe a justificar en la documentación justificativa deberá corresponderse
con el presupuesto aprobado de la actividad, aún en el caso de que la cuantía de la
subvención concedida fuese inferior.
8. Deberán utilizarse, en los procedimientos de justificación de las subvenciones, los
medios electrónicos, informáticos o telemáticos que se indiquen, debiendo señalarse los
trámites que podrán cumplimentarse con esos medios.
Noveno. Devolución voluntaria de la subvención.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 124 quáter del Texto Refundido de la Ley
General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las entidades beneficiarias podrán
realizar la devolución voluntaria de la subvención recibida, debiendo para ello solicitar
al órgano gestor de la subvención la correspondiente carta de pago con la que podrán
realizar la citada devolución, mediante el formulario establecido al efecto. Esta carta de
pago tendrá el carácter de liquidación provisional a cuenta de la liquidación definitiva que
en su día se emita con la liquidación de los intereses de demora que correspondan.
Con anterioridad al inicio del procedimiento de reintegro, las entidades beneficiarias
podrán presentar la solicitud de compensación con reconocimiento de deuda,
identificando el crédito reconocido a su favor y la subvención pendiente de justificar.
Asimismo, las entidades beneficiarias podrán presentar solicitud de aplazamiento o
fraccionamiento con reconocimiento de deuda dirigida al órgano gestor de la subvención,
identificando ésta debidamente.

00253342

Sevilla, 28 de diciembre de 2021.- La Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible (por delegación de firma de la Consejera: Orden de 28.5.2019,
BOJA núm. 106, de 5.6.2019), Ana María Corredera Quintana.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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