3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2022/4-30)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se da cumplimiento a la Orden de 28 de diciembre de 2021, de delegación de competencias en materia de gestión y recaudación en vía voluntaria, así como la revisión de tributos en las Consejerías y entidades vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía que presten o realicen determinados servicios o actividades.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Viernes, 7 de enero de 2022

página 20983/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FINANCIACIÓN EUROPEA

El artículo 6 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria
de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, atribuye a la Agencia Tributaria, entre otras
competencias, la gestión, liquidación, recaudación e inspección de todos los tributos
propios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181.2 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
La disposición adicional quinta de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, establece que
«Cuando así lo acuerde la persona titular de la Consejería competente en materia de
Hacienda por razones de eficacia, agilidad y, en general, de mejora en la prestación del
servicio a la ciudadanía, la Agencia delegará la gestión, liquidación y recaudación en
vía voluntaria de los tributos en las Consejerías y entidades vinculadas o dependientes
de la Administración de la Junta de Andalucía que presten los respectivos servicios y
actividades».
En aplicación de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, la Consejera de Economía y
Hacienda acordó mediante Orden 18 de diciembre de 2009, que la Agencia Tributaria
delegara las competencias y funciones de gestión, liquidación y recaudación en período
voluntario, así como la revisión, de las tasas en las Consejerías y entidades vinculadas
o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía, responsables de la
prestación de los servicios y de la realización de las actividades que determinan la
exigencia de las correspondientes tasas. En cumplimiento de esta orden, el Consejo
Rector de la Agencia Tributaria el 23 de junio de 2010 y el 27 de mayo de 2011, resolvió
delegar las competencias y funciones en materia de tasas en los términos señalados con
anterioridad.
Ahora bien, con motivo de la aprobación de la Ley de 10/2021, de 28 de diciembre,
de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, resulta necesario
aprobar una nueva resolución de delegación que sea coherente con el contenido de
esta norma jurídica. En este sentido, la Ley de tasas y precios públicos tiene, entre otros
objetivos, como se precisa en su exposición de motivos, la racionalización y simplificación
de las tasas reguladas adecuándolas a los servicios realmente prestados, terminar con la
dispersión de preceptos normativos reguladores de tasas con una pretensión integradora
y armonizar las múltiples modificaciones normativas llevadas a cabo en esta materia.
En este contexto, la Ley de tasas y precios públicos contribuye a dotar de una mayor
seguridad jurídica al ordenamiento al permitir disponer, en un solo texto normativo, de
toda la regulación en materia de tasas, mejorando así tanto la tarea aplicativa por parte de
la Administración como la comprensión de la norma por los contribuyentes, permitiendo
a la ciudadanía conocer mejor los servicios y actividades que se le prestan y el coste
exigido.
Sobre la base de cuanto antecede, el Consejero de Hacienda y Financiación
Europea, acordó mediante Orden 28 de diciembre de 2021, que la Agencia Tributaria
delegara la gestión y recaudación en vía voluntaria de tributos, así como la revisión,
cuya competencia tiene atribuida por su Ley de creación, en las Consejerías y entidades
vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía que prestan
los servicios y realizan las actividades que determinan la exigencia del correspondiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00253250

Resolución de 30 de diciembre de 2021, del Consejo Rector de la Agencia
Tributaria de Andalucía, por la que se da cumplimiento a la Orden de 28 de
diciembre de 2021, de delegación de competencias en materia de gestión y
recaudación en vía voluntaria, así como la revisión de tributos en las Consejerías
y entidades vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de
Andalucía que presten o realicen determinados servicios o actividades.