3. Otras disposiciones. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2022/4-46)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 2 de diciembre de 2021, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los másteres universitarios que se impartan en el curso 2022-2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Viernes, 7 de enero de 2022

página 20894/11

la consideración de revisable, el certificado deberá tener una antigüedad máxima de dos
años, a la finalización del respectivo plazo de solicitudes de preinscripción.
No tendrán que presentar documentación alguna en formato papel las personas cuyo
certificado haya sido expedido por la Junta de Andalucía, atendiendo, de un lado, a lo
recogido en el Convenio de Colaboración de 12 de septiembre de 2011 (BOJA de 20
de octubre de 2011), entre las Consejerías de Hacienda y Administración Pública, de
Economía, Innovación y Ciencia y para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de
Andalucía, y las universidades públicas andaluzas, para la prestación del servicio de
acceso a datos de familia numerosa y de personas con discapacidad a las universidades
públicas andaluzas, y de otro, a lo establecido en el artículo 16.1 de la Ley 11/2007, de 22
de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Para acceder a la información de discapacidad se les requerirá a las personas
interesadas que faciliten al sistema informático el número de DNI, el número de expediente
y la provincia en la que le ha sido otorgada la correspondiente resolución.
Con la aportación de esos datos que son de conocimiento mutuo, se entenderá que
la persona interesada no se opone a la consulta de los datos necesarios para participar
en el procedimiento por el cupo de personas con discapacidad, y como consecuencia,
en su caso, la persona interesada no tendrá que presentar documentación alguna en
formato papel.
- Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social en el que se indique el
reconocimiento de incapacidad permanente en grado total, absoluta o gran invalidez.
- Certificado del Ministerio de Hacienda y Administración Pública o del Ministerio de
Defensa de pertenecer a clases pasivas con reconocimiento de pensión de jubilación o
de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
3. Se reservarán un 3 por ciento de las plazas de cada máster para quienes acrediten
la condición de Deportistas de Alto Nivel o de Alto Rendimiento.
- Quienes, a efectos de Acceso a la Universidad, tengan reconocida la condición de
Deportista de Alto Nivel por el Consejo Superior de Deportes, o la condición de Deportista
de Alto Rendimiento por el Consejo Superior de Deportes o una comunidad autónoma,
deberán acreditarlo mediante el oportuno documento oficial justificativo de tal condición.
En el caso de que sobren plazas reservadas para personas, con discapacidad o
Deportistas de Alto Nivel o Alto Rendimiento, se acumularán a la vía general en la fase de
preinscripción en la que proceda.
Artículo 10. Reclamaciones y solicitudes de revisión.
Durante los plazos que se recogen en el anexo I se podrá presentar solicitud de
revisión o reclamación contra las listas de adjudicación de plazas en el punto de acceso
electrónico:
https://www.juntadeandalucia.es/transformacioneconomicaindustriaconocimientoyuniversidades/sguit

Artículo 11. Simultaneidad de estudios.
Las solicitudes de acceso en régimen de simultaneidad con otros másteres u otros
estudios universitarios oficiales serán consideradas al final del proceso general de
preinscripción (tras la fase 3), en el supuesto de que exista plaza vacante en la titulación
y centro de que se trate, una vez atendidas la totalidad de las respectivas solicitudes
de quienes no desean simultanear los estudios que ahora demandan con otros estudios
universitarios. No obstante, se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) Cuando se trate de simultaneidad entre dos másteres de nuevo ingreso, la persona
solicitante será asignada inicialmente al máster de mejor preferencia solicitado y en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253162

En ningún caso se atenderán reclamaciones que hayan debido ser presentadas en
el plazo correspondiente al de la primera lista de adjudicación de la fase en la que la
persona solicitante presentó su solicitud.