3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/4-51)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de desistimiento de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020) y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 4 - Viernes, 7 de enero de 2022

página 20913/2

de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, accediendo al
siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio
Y de conformidad con los subsiguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Orden de 1 de septiembre de 2020 (BOJA núm. 174, de 8 de septiembre),
por la que se convocan ayudas, en concurrencia no competitiva, a las víctimas de
violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin
hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las Administraciones públicas,
empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que faciliten una solución habitacional
a dichas personas.
Segundo. La Orden de 27 de julio de la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de
ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a las víctimas de violencia de género,
personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras
personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la
vivienda habitual.

Cuarto. La Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases
reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, establece en
el artículo 17.4 de las bases reguladoras tipo, lo siguiente: «4. La falta de presentación en
plazo de los documentos exigidos para acreditar los requisitos para obtener la condición
de persona o entidad beneficiaria, implicará el desistimiento de la solicitud».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253172

Tercero. Asimismo, resultan igualmente de aplicación:
- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de
Vivienda 2018-2021.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre,así como las demás normas básicas que desarrollen la ley.
- Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los
procedimientos de concesión de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre.
- Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al
ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.
- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
- Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2020.