3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/4-32)
Orden de 22 de diciembre de 2021, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de Deporte para el año 2022.
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Número 4 - Viernes, 7 de enero de 2022
página 20957/2
Transcurrida la vigencia del Plan General anterior, y tras el análisis y valoración de
sus resultados, se ha puesto de manifiesto la necesidad de seguir manteniendo, de una
forma permanente y sistemática, actuaciones de control y vigilancia que proporcionen a
la Administración el conocimiento de la situación real de todos los sectores deportivos
implicados, así como la posibilidad de corrección de los incumplimientos que se puedan
producir, lo que debe derivar en un mayor incremento del nivel de observancia y respeto
de la normativa legal aplicable.
A estos efectos, se hace preciso diseñar el presente Plan General en cuya elaboración
han sido consultadas la Dirección General de Planificación, Instalaciones y Eventos
Deportivos, la Dirección General de Promoción Deportiva, Hábitos Saludables y Tejido
Deportivo, el Centro Andaluz de Medicina del Deporte, el Instituto Andaluz del Deporte, el
Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía y las distintas Delegaciones Territoriales
competentes en materia de deporte, habiéndose tenido en cuenta las consideraciones y
aportaciones realizadas por dichos órganos para el mismo.
Asimismo, en su elaboración se ha tenido en cuenta los criterios de eficacia, eficiencia
y oportunidad, dotando a las actuaciones inspectoras de estabilidad temporal y unidad de
criterios, así como optimizando y homogeneizando, tanto la consecución de objetivos,
como su realización a partir de la experiencia alcanzada.
Con este Plan General para el año 2022, se prevé la realización de diferentes
actuaciones inspectoras en todas las provincias de Andalucía, a fin de comprobar el
cumplimiento de la normativa deportiva, y de este modo garantizar y reforzar los derechos
de las personas usuarias y de deportistas.
En el nuevo Plan General, y tras la toma en consideración de las distintas propuestas
aportadas, se mantienen los objetivos del Plan anterior, dando así una conveniente
continuidad a la actuación de la inspección deportiva en Andalucía, dirigiendo la
actuación inspectora a aquellas actividades a las que cada órgano gestor ha identificado
como fundamentales.
De igual manera, para valorar la continuidad del Plan General, no pueden pasarse
por alto las circunstancias originadas por la pandemia y las correspondientes medidas
preventivas de protección sanitaria para hacer frente a la crisis causada por la COVID-19,
que ha dificultado la realización de actuaciones inspectoras contempladas en los
anteriores planes generales 2020 y 2021. Por este motivo se considera necesario que
el Plan de Inspección Programada en materia de deporte para el año 2022 incorpore
actuaciones similares a las contenidas en el anterior Plan que no pudieron llevarse a
cabo, parcialmente, por las circunstancias anteriormente descritas y que por tanto, no
han podido ser valoradas. En todo caso, para la ejecución del Plan de General, teniendo
en cuenta las circunstancias excepcionales que se están produciendo por la pandemia,
se priorizará el debido cumplimiento de las medidas sanitarias que resulten aplicables.
En lo que se refiere a su contenido se concluyen las siguientes lineas de actuación:
Se mantiene la realización de actuaciones inspectoras no programadas a fin de
atender aquellas situaciones especiales o sobrevenidas que así lo requieran y que sean
distintas a las recogidas en los diferentes programas específicos.
Asimismo, se continúa con el programa relativo a las actuaciones inspectoras que
sean solicitadas por el Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía, a través de su
Unidad de apoyo, a fin de dar la debida prioridad, dentro de la actividad inspectora, a los
requerimientos de dicho órgano, y cumplir así con la función de apoyo y asistencia que
contempla el artículo 111.3 de la la Ley 5/2016, de 19 de julio, y el artículo 81 del Decreto
205/2018, de 13 de noviembre.
Igualmente, atendiendo a la experiencia y al criterio de eficiencia, se han mantenido
los distintos programas que conformaban el anterior Plan de Inspección, a fin de
comprobar que se cumplen con las obligaciones establecidas en los mismos, si bien se
han realizado distintas modificaciones en varios de los programas específicos en orden a
optimizar su cumplimiento, básicamente en el Programa (2022.01): Control de la actividad
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253224
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 20957/2
Transcurrida la vigencia del Plan General anterior, y tras el análisis y valoración de
sus resultados, se ha puesto de manifiesto la necesidad de seguir manteniendo, de una
forma permanente y sistemática, actuaciones de control y vigilancia que proporcionen a
la Administración el conocimiento de la situación real de todos los sectores deportivos
implicados, así como la posibilidad de corrección de los incumplimientos que se puedan
producir, lo que debe derivar en un mayor incremento del nivel de observancia y respeto
de la normativa legal aplicable.
A estos efectos, se hace preciso diseñar el presente Plan General en cuya elaboración
han sido consultadas la Dirección General de Planificación, Instalaciones y Eventos
Deportivos, la Dirección General de Promoción Deportiva, Hábitos Saludables y Tejido
Deportivo, el Centro Andaluz de Medicina del Deporte, el Instituto Andaluz del Deporte, el
Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía y las distintas Delegaciones Territoriales
competentes en materia de deporte, habiéndose tenido en cuenta las consideraciones y
aportaciones realizadas por dichos órganos para el mismo.
Asimismo, en su elaboración se ha tenido en cuenta los criterios de eficacia, eficiencia
y oportunidad, dotando a las actuaciones inspectoras de estabilidad temporal y unidad de
criterios, así como optimizando y homogeneizando, tanto la consecución de objetivos,
como su realización a partir de la experiencia alcanzada.
Con este Plan General para el año 2022, se prevé la realización de diferentes
actuaciones inspectoras en todas las provincias de Andalucía, a fin de comprobar el
cumplimiento de la normativa deportiva, y de este modo garantizar y reforzar los derechos
de las personas usuarias y de deportistas.
En el nuevo Plan General, y tras la toma en consideración de las distintas propuestas
aportadas, se mantienen los objetivos del Plan anterior, dando así una conveniente
continuidad a la actuación de la inspección deportiva en Andalucía, dirigiendo la
actuación inspectora a aquellas actividades a las que cada órgano gestor ha identificado
como fundamentales.
De igual manera, para valorar la continuidad del Plan General, no pueden pasarse
por alto las circunstancias originadas por la pandemia y las correspondientes medidas
preventivas de protección sanitaria para hacer frente a la crisis causada por la COVID-19,
que ha dificultado la realización de actuaciones inspectoras contempladas en los
anteriores planes generales 2020 y 2021. Por este motivo se considera necesario que
el Plan de Inspección Programada en materia de deporte para el año 2022 incorpore
actuaciones similares a las contenidas en el anterior Plan que no pudieron llevarse a
cabo, parcialmente, por las circunstancias anteriormente descritas y que por tanto, no
han podido ser valoradas. En todo caso, para la ejecución del Plan de General, teniendo
en cuenta las circunstancias excepcionales que se están produciendo por la pandemia,
se priorizará el debido cumplimiento de las medidas sanitarias que resulten aplicables.
En lo que se refiere a su contenido se concluyen las siguientes lineas de actuación:
Se mantiene la realización de actuaciones inspectoras no programadas a fin de
atender aquellas situaciones especiales o sobrevenidas que así lo requieran y que sean
distintas a las recogidas en los diferentes programas específicos.
Asimismo, se continúa con el programa relativo a las actuaciones inspectoras que
sean solicitadas por el Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía, a través de su
Unidad de apoyo, a fin de dar la debida prioridad, dentro de la actividad inspectora, a los
requerimientos de dicho órgano, y cumplir así con la función de apoyo y asistencia que
contempla el artículo 111.3 de la la Ley 5/2016, de 19 de julio, y el artículo 81 del Decreto
205/2018, de 13 de noviembre.
Igualmente, atendiendo a la experiencia y al criterio de eficiencia, se han mantenido
los distintos programas que conformaban el anterior Plan de Inspección, a fin de
comprobar que se cumplen con las obligaciones establecidas en los mismos, si bien se
han realizado distintas modificaciones en varios de los programas específicos en orden a
optimizar su cumplimiento, básicamente en el Programa (2022.01): Control de la actividad
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253224
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía