3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/3-12)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se aprueba el procedimiento administrativo de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada Vereda de Chiclana, en el tramo que se cita, en el término municipal de Conil de la Frontera, provincia de Cádiz.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 3 - Miércoles, 5 de enero de 2022
página 20750/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Medio
Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se aprueba el
procedimiento administrativo de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada
Vereda de Chiclana, en el tramo que se cita, en el término municipal de Conil de
la Frontera, provincia de Cádiz.
Examinado el expediente de deslinde parcial del trazado de la vía pecuaria denominada
Vereda de Chiclana, desde el polígono industrial La Lobita hasta el límite norte de la
parcela 6 del polígono 20, en el término municipal de Conil de la Frontera, provincia
de Cádiz, y vista la propuesta de resolución de la Delegación Territorial de Desarrollo
Sostenible en Cádiz, se desprenden los siguientes
HECHOS
Primero. La vía pecuaria Vereda de Chiclana, en el término municipal de Conil de la
Frontera, está clasificada por la Orden Ministerial de 9 de mayo de 1959, publicada en el
BOE núm. 117 de fecha 16 de mayo de 1959.
Segundo. Por Resolución de la Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible, de fecha 2 de julio de 2020, se acordó iniciar el procedimiento de
deslinde parcial de la vía pecuaria antes citada.
Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previa publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cádiz núm. 202, de fecha 22 de octubre de 2020, y notificación a las
partes interesadas en el procedimiento se practicaron el día 24 de noviembre de 2020.
Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, se somete a exposición pública,
previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 146, de fecha
2 de agosto de 2021.
Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió informe preceptivo, con
fecha 3 de diciembre de 2021, en el que se constata que el procedimiento administrativo
se ha instruido de conformidad con el legalmente establecido y que el deslinde se basa
en el acto de clasificación.
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
Primero. Compete a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos la resolución del procedimiento de deslinde, en virtud de lo preceptuado en
el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y en el artículo
21.1 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías
Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253015
FUNDAMENTOS DE DERECHO
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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Medio
Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se aprueba el
procedimiento administrativo de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada
Vereda de Chiclana, en el tramo que se cita, en el término municipal de Conil de
la Frontera, provincia de Cádiz.
Examinado el expediente de deslinde parcial del trazado de la vía pecuaria denominada
Vereda de Chiclana, desde el polígono industrial La Lobita hasta el límite norte de la
parcela 6 del polígono 20, en el término municipal de Conil de la Frontera, provincia
de Cádiz, y vista la propuesta de resolución de la Delegación Territorial de Desarrollo
Sostenible en Cádiz, se desprenden los siguientes
HECHOS
Primero. La vía pecuaria Vereda de Chiclana, en el término municipal de Conil de la
Frontera, está clasificada por la Orden Ministerial de 9 de mayo de 1959, publicada en el
BOE núm. 117 de fecha 16 de mayo de 1959.
Segundo. Por Resolución de la Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible, de fecha 2 de julio de 2020, se acordó iniciar el procedimiento de
deslinde parcial de la vía pecuaria antes citada.
Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previa publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cádiz núm. 202, de fecha 22 de octubre de 2020, y notificación a las
partes interesadas en el procedimiento se practicaron el día 24 de noviembre de 2020.
Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, se somete a exposición pública,
previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 146, de fecha
2 de agosto de 2021.
Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió informe preceptivo, con
fecha 3 de diciembre de 2021, en el que se constata que el procedimiento administrativo
se ha instruido de conformidad con el legalmente establecido y que el deslinde se basa
en el acto de clasificación.
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
Primero. Compete a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos la resolución del procedimiento de deslinde, en virtud de lo preceptuado en
el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y en el artículo
21.1 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías
Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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