5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/3-38)
Anuncio de 22 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, de la resolución por la que se desestiman las solicitudes de ayuda en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual, correspondiente a la línea 1 de la convocatoria aprobada por Orden de 1 de septiembre de 2020 (BOJA núm. 174 de 8 de septiembre), y de acuerdo con la Orden de 3 de mayo de 2021, por la que se da publicidad al aumento de crédito disponible (BOJA núm. 86 de 7 de mayo).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 3 - Miércoles, 5 de enero de 2022

página 20828/2

de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas
sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las Administraciones públicas,
empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que faciliten una solución habitacional
a dichas personas para atender las solicitudes presentadas en la Línea 1 que no pudieron
ser resueltas por falta de crédito, de conformidad con los apartados 5 y 6 del dispositivo
sexto de la orden de la convocatoria. El crédito para la provincia de Huelva es ampliado
en 686.000 € con cargo a la partida presupuestaria 1700185252/G/43A/48307/21S0096.
Quinto. De conformidad con lo previsto en los apartados 4.a).1.º, 10 y 14 del cuadro
resumen de las bases reguladoras y dispositivo quinto de la convocatoria, tienen entrada
en esta Delegación Territorial por vía telemática y a través de los servicios sociales
comunitarios de las Entidades Locales las solicitudes que se relacionan en el anexo que
acompaña a esta propuesta de resolución.
Sexto. Examinadas las mismas y realizadas las verificaciones oportunas, se
comprueba que los solicitantes que se detallan en el Anexo I a esta resolución no
cumplen los requisitos para ser beneficiarios de la ayuda de acuerdo con los motivos que
en el mismo se especifican y que los solicitantes que se detallan en el Anexo II a esta
resolución han presentado escrito por el que desisten de la solicitud de esta ayuda.
Séptimo. En cumplimiento de lo establecido en el dispositivo décimo de la Orden de 1
de septiembre de 2020, se agrupan en una única resolución los expedientes relacionados
en el anexo por tratarse de idénticos actos administrativos, y se procederá a notificar esta
resolución de denegación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la pagina Web
de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, accediendo al
siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21493
Y de conformidad con los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. El artículo único de la Orden de 27 de julio, establece que las bases que se
aprueban se ajustan a las bases reguladoras tipo aprobadas por la Orden de la Consejería
de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de diciembre de 2019, por la
que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de
la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019), por lo que el texto articulado
de dichas bases reguladoras tipo forma parte integrante de las bases reguladoras que
se aprueban en virtud de esta orden, así como los cuadros resumen de las dos líneas de
subvenciones reguladas por la presente orden.
Tercero. La Orden de 1 de septiembre de 2020 (BOJA núm. 174 de 8 de septiembre),
por la que se convocan ayudas, en concurrencia no competitiva, a las víctimas de
violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253095

Primero. Es competente la persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, para conceder la
ayuda, de conformidad con lo establecido el apartado 12 del Cuadro resumen de la
Orden de 27 de julio de 2020 (BOJA núm. 147 de 31 de julio), por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no
competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su
vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a
las Administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que
faciliten una solución habitacional a dichas personas.