5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/3-37)
Anuncio de 21 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, de la resolución de concesión de la ayuda en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual, correspondiente a la línea 1 de la convocatoria aprobada por Orden de 1 de septiembre de 2020 (BOJA núm. 174, de 8 de septiembre) y de acuerdo con la Orden de 3 de mayo de 2021 por la que se da publicidad al aumento de crédito disponible (BOJA núm. 86, de 7 de mayo).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Miércoles, 5 de enero de 2022
página 20830/2
Quinto. Con fecha 7 de mayo de 2021 se publica en el BOJA núm 86, la Orden
de 3 de mayo de 2021, por la que se da publicidad al aumento de crédito disponible
para la concesión de las ayudas reguladas en la Orden de 1 de septiembre de 2020,
de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio por la que se
convocan ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las victimas de violencia
de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y
otras personas especialmente vulnerables, y a las Administraciones públicas, empresas
públicas y entidades sin ánimo de de lucro, que faciliten una solución habitacional a
dichas personas para atender las solicitudes presentadas en la Línea 1 que no pudieron
ser resueltas por falta de crédito, de conformidad con los apartados 5 y 6 del dispositivo
sexto de la Orden de la convocatoria. El crédito para la provincia de Huelva es ampliado en
343.971,11 € con cargo a la partida presupuestaria 1700185252/G/43A/48307/21S0096.
Sexto. Con fechas 7 de septiembre y 21 de octubre de 2021 esta Delegación Territorial
acordó resolver las ayudas destinadas a las víctimas de violencia de género, personas
objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas
especialmente vulnerables para atender el pago del alquiler de la vivienda habitual
a las personas relacionadas en sus anexos, por el importe, período subvencionable y
hasta agotar el presupuesto aumentado mediante Orden de 3 de mayo de 2021 para la
provincia de Huelva.
Séptimo. Con fecha 19 de noviembre de 2021 se publica en el BOJA núm 223, la
Orden de 15 de noviembre de 2021, por la que se da publicidad a un nuevo aumento
de crédito disponible para la concesión de las ayudas reguladas en la Orden de 1 de
septiembre de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del
Territorio por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva,
a las victimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda
habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables para atender
las solicitudes presentadas en la Línea 1 que no pudieron ser resueltas por falta de
crédito, de conformidad con los apartados 5 y 6 del dispositivo sexto de la Orden de la
convocatoria. El crédito para la provincia de Huelva es ampliado en 686.000 € con cargo
a la partida presupuestaria 1700185252/G/43A/48307/21S0096.
Noveno. En cumplimiento de lo establecido en el dispositivo décimo de la Orden de 1
de septiembre de 2020, se agrupan en una única resolución los expedientes relacionados
en el Anexo por tratarse de idénticos actos administrativos, y se procederá a notificar esta
resolución de concesión en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página Web
de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, accediendo al
siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/servicios/ procedimientos/detalle/21493
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253098
Octavo. De conformidad con lo previsto en los apartados 4 a) 1.º, 10 y 14 del Cuadro
Resumen de las bases reguladoras y dispositivo quinto de la orden de convocatoria, tienen
entrada en esta Delegación Territorial por vía telemática y a través de los servicios sociales
comunitarios de las Entidades Locales las solicitudes que se relacionan en el Anexo que
acompaña a la presente resolución. Solicitudes que integran el informe favorable de los
Servicios Sociales comunitarios, pronunciándose sobre las circunstancias específicas y
sobre el resto de los requisitos exigidos que determinan la concesión y cuantía de la ayuda.
De acuerdo con el dispositivo noveno de la convocatoria, la tramitación de las
solicitudes relacionadas en el Anexo se ha efectuado siguiendo el orden correlativo de
entrada en el registro telemático único de la Administración de la Junta de Andalucía, y
en su caso, la fecha en que las solicitudes reúnan los requisitos y/o la documentación
requerida, una vez subsanada la ausencia o insuficiencia que en su caso se hubiera
apreciado por esta Administración.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Miércoles, 5 de enero de 2022
página 20830/2
Quinto. Con fecha 7 de mayo de 2021 se publica en el BOJA núm 86, la Orden
de 3 de mayo de 2021, por la que se da publicidad al aumento de crédito disponible
para la concesión de las ayudas reguladas en la Orden de 1 de septiembre de 2020,
de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio por la que se
convocan ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las victimas de violencia
de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y
otras personas especialmente vulnerables, y a las Administraciones públicas, empresas
públicas y entidades sin ánimo de de lucro, que faciliten una solución habitacional a
dichas personas para atender las solicitudes presentadas en la Línea 1 que no pudieron
ser resueltas por falta de crédito, de conformidad con los apartados 5 y 6 del dispositivo
sexto de la Orden de la convocatoria. El crédito para la provincia de Huelva es ampliado en
343.971,11 € con cargo a la partida presupuestaria 1700185252/G/43A/48307/21S0096.
Sexto. Con fechas 7 de septiembre y 21 de octubre de 2021 esta Delegación Territorial
acordó resolver las ayudas destinadas a las víctimas de violencia de género, personas
objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas
especialmente vulnerables para atender el pago del alquiler de la vivienda habitual
a las personas relacionadas en sus anexos, por el importe, período subvencionable y
hasta agotar el presupuesto aumentado mediante Orden de 3 de mayo de 2021 para la
provincia de Huelva.
Séptimo. Con fecha 19 de noviembre de 2021 se publica en el BOJA núm 223, la
Orden de 15 de noviembre de 2021, por la que se da publicidad a un nuevo aumento
de crédito disponible para la concesión de las ayudas reguladas en la Orden de 1 de
septiembre de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del
Territorio por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva,
a las victimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda
habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables para atender
las solicitudes presentadas en la Línea 1 que no pudieron ser resueltas por falta de
crédito, de conformidad con los apartados 5 y 6 del dispositivo sexto de la Orden de la
convocatoria. El crédito para la provincia de Huelva es ampliado en 686.000 € con cargo
a la partida presupuestaria 1700185252/G/43A/48307/21S0096.
Noveno. En cumplimiento de lo establecido en el dispositivo décimo de la Orden de 1
de septiembre de 2020, se agrupan en una única resolución los expedientes relacionados
en el Anexo por tratarse de idénticos actos administrativos, y se procederá a notificar esta
resolución de concesión en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página Web
de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, accediendo al
siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/servicios/ procedimientos/detalle/21493
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253098
Octavo. De conformidad con lo previsto en los apartados 4 a) 1.º, 10 y 14 del Cuadro
Resumen de las bases reguladoras y dispositivo quinto de la orden de convocatoria, tienen
entrada en esta Delegación Territorial por vía telemática y a través de los servicios sociales
comunitarios de las Entidades Locales las solicitudes que se relacionan en el Anexo que
acompaña a la presente resolución. Solicitudes que integran el informe favorable de los
Servicios Sociales comunitarios, pronunciándose sobre las circunstancias específicas y
sobre el resto de los requisitos exigidos que determinan la concesión y cuantía de la ayuda.
De acuerdo con el dispositivo noveno de la convocatoria, la tramitación de las
solicitudes relacionadas en el Anexo se ha efectuado siguiendo el orden correlativo de
entrada en el registro telemático único de la Administración de la Junta de Andalucía, y
en su caso, la fecha en que las solicitudes reúnan los requisitos y/o la documentación
requerida, una vez subsanada la ausencia o insuficiencia que en su caso se hubiera
apreciado por esta Administración.