Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/2-1)
Orden de 27 de diciembre de 2021, por la que se aprueba el Plan de Inspección Programada en materia de turismo para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Martes, 4 de enero de 2022

página 20922/8

por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, una vez
solicitado por la Secretaría General para el Turismo, que aportará la documentación
necesaria para ello.
Ámbito de actuación:
Entidades públicas beneficiarias de subvenciones en los ejercicios 2017, 2018, 2019,
2020 y 2021 que, a fecha 30 de noviembre de 2022, se encuentren justificadas.
Programa 3.3.
Comprobación de la ejecución de las actuaciones ejecutadas en materia de fomento
de proyectos de interés turístico, con subvenciones de la Consejería de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración Local.
Actuación inspectora:
Visitas de inspección, o verificación por cualquier otro medio de prueba, que acredite
que se han ejecutado las actuaciones relacionadas con el fomento de proyectos de interés
turístico, financiadas mediante la aportación de subvenciones concedidas por la Consejería
de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, una vez solicitado por la
Secretaría General para el Turismo, que aportará la documentación necesaria para ello.
Ámbito de actuación:
Asociaciones sin ánimo de lucro y Fundaciones de Andalucía beneficiarias de
subvenciones en los ejercicios 2020 y 2021 que, a fecha 30 de noviembre de 2022, se
encuentren justificadas.
Programa 3.4.
Control de la ejecución del gasto y control de no inicio de las inversiones en proyectos
subvencionados por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local en materia turística.
Actuación inspectora:
Visitas de inspección, o verificación por cualquier otro medio de prueba, a los
establecimientos o entidades objeto de subvención por la Consejería de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración Local en orden a comprobar el adecuado
destino de los fondos a la finalidad para la que fueron aprobados así como que no se ha
iniciado la ejecución de proyectos para los que se solicita ayuda con carácter previo a la
presentación de la solicitud de la subvención.
Ámbito de actuación:
Entidades públicas o privadas beneficiarias de subvenciones en materia turística
concedidas por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local
que deban justificarse durante el periodo de vigencia del presente Plan.

Programa 4.
Verificación de denuncias interpuestas por las personas usuarias de servicios
turísticos relacionadas con deficiencias en la prestación de los servicios turísticos,
así como por los agentes de la autoridad o por cualquiera que ostente la condición de
denunciante conforme a lo establecido en el artículo 62 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Actuación inspectora:
Visitas de inspección en orden a comprobar aquellas denuncias presentadas por las
personas usuarias de servicios turísticos, agentes de la autoridad u otros denunciantes
que, tras analizar y determinar su posible comprobación material in situ, pudiesen
constituir vulneración de la normativa turística vigente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253186

III.IV. Programa correspondiente a la línea estratégica de actuaciones para velar por
el respeto a los derechos de las personas usuarias de los servicios turísticos mediante
la comprobación de las denuncias presentadas por deficiencias en la prestación de los
servicios turísticos contratados.