Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/1-2)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica el Plan de Formación Corporativa para 2022 y se convocan determinados cursos de los Programas de Formación General y de Formación de Justicia.
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Número 1 - Lunes, 3 de enero de 2022
página 20716/15
Público, a la fecha de publicación de la convocatoria de cada acción formativa en la que
quiera participar.
En todos los casos las condiciones generales y requisitos de participación deberán
cumplirse tanto en el momento de la convocatoria como en las fechas de inicio de cada
acción programada. Sin embargo, cuando la participación del alumnado en un curso esté
condicionada por la necesidad de acceso a la red corporativa, al uso de aplicaciones
informáticas específicas, o por cualquier otro aspecto de carácter técnico u organizativo,
esta condición o condiciones deberá ser cumplida por la persona participante durante
todo el tiempo de celebración de la acción formativa. Igualmente, aquellas personas
que no se encuentren en la situación administrativa de activo no podrán asistir a las
acciones programadas, excepto quienes se encuentren en los supuestos de excedencia
anteriormente señalados.
El Instituto Andaluz de Administración Pública, de conformidad con el artículo 14 del
Decreto 93/2006, de 9 de mayo (BOJA núm. 96, de 22 de mayo), reservará un cupo igual
al 7% de las plazas ofertadas de cada acción formativa para personas afectadas de una
discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33%. Las plazas que no se
asignen por este cupo se acumularán al resto. Además, se realizarán las adaptaciones
y ajustes razonables y necesarios para que las personas con discapacidad participen
en condiciones de igualdad en los procesos formativos, siempre previa petición de la
persona una vez que reciba la comunicación de haber sido seleccionada.
Asimismo, y en base a la Ley 9/2018, de 8 de octubre, de modificación de la Ley
12/2007 de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se
establece una reserva del 40% de plazas en convocatorias de cursos de formación para
su adjudicación a quienes hayan disfrutado del permiso por motivos de conciliación de la
vida personal, familiar y laboral y por razón de violencia de género, o hayan reingresado
desde la situación de excedencia voluntaria por agrupación familiar o de excedencia
por cuidado de familiares o por razón de violencia de género, durante los doce meses
inmediatamente posteriores a su disfrute o incorporación.
Para acogerse a estos cupos de reserva será necesario manifestarlo expresamente
en la solicitud y acreditarlo por los medios establecidos por el Instituto, una vez efectuada
la selección.
3.2.2. Modalidad formativa y calendario.
Las actividades formativas se realizarán en la modalidad, lugar y fechas detalladas
en cada uno de los anexos de este Plan. Si hubiese algún cambio sobre lo previsto será
comunicado con antelación suficiente.
La modalidad formativa puede ser Presencial (PR), Semipresencial (SP), Online o
Teleformación (TL), Aprendizaje Colaborativo (AC), Autoformación (AU) y Formación
Abierta (FA).
3.2.3. Derechos y obligaciones de las personas participantes.
Derechos.
- Asistir a las sesiones correspondientes de la acción formativa para la que ha sido
seleccionada cuando sea presencial, o acceder al entorno de formación online.
- Disponer del material didáctico y de apoyo previsto para la realización de la acción
formativa.
- Recibir un certificado de asistencia o aprovechamiento siempre que se hayan
cumplido las obligaciones establecidas en la guía del curso o la convocatoria de la
acción formativa.
Obligaciones.
- Observar las reglas elementales de participación, respeto y consideración hacia el
profesorado, compañeros y compañeras, y personal gestor del IAAP.
- Asistir al menos al 80% de las horas lectivas presenciales programadas cuando
la acción formativa sea presencial o semipresencial, sometiéndose a los controles
establecidos para ello.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252979
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 20716/15
Público, a la fecha de publicación de la convocatoria de cada acción formativa en la que
quiera participar.
En todos los casos las condiciones generales y requisitos de participación deberán
cumplirse tanto en el momento de la convocatoria como en las fechas de inicio de cada
acción programada. Sin embargo, cuando la participación del alumnado en un curso esté
condicionada por la necesidad de acceso a la red corporativa, al uso de aplicaciones
informáticas específicas, o por cualquier otro aspecto de carácter técnico u organizativo,
esta condición o condiciones deberá ser cumplida por la persona participante durante
todo el tiempo de celebración de la acción formativa. Igualmente, aquellas personas
que no se encuentren en la situación administrativa de activo no podrán asistir a las
acciones programadas, excepto quienes se encuentren en los supuestos de excedencia
anteriormente señalados.
El Instituto Andaluz de Administración Pública, de conformidad con el artículo 14 del
Decreto 93/2006, de 9 de mayo (BOJA núm. 96, de 22 de mayo), reservará un cupo igual
al 7% de las plazas ofertadas de cada acción formativa para personas afectadas de una
discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33%. Las plazas que no se
asignen por este cupo se acumularán al resto. Además, se realizarán las adaptaciones
y ajustes razonables y necesarios para que las personas con discapacidad participen
en condiciones de igualdad en los procesos formativos, siempre previa petición de la
persona una vez que reciba la comunicación de haber sido seleccionada.
Asimismo, y en base a la Ley 9/2018, de 8 de octubre, de modificación de la Ley
12/2007 de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se
establece una reserva del 40% de plazas en convocatorias de cursos de formación para
su adjudicación a quienes hayan disfrutado del permiso por motivos de conciliación de la
vida personal, familiar y laboral y por razón de violencia de género, o hayan reingresado
desde la situación de excedencia voluntaria por agrupación familiar o de excedencia
por cuidado de familiares o por razón de violencia de género, durante los doce meses
inmediatamente posteriores a su disfrute o incorporación.
Para acogerse a estos cupos de reserva será necesario manifestarlo expresamente
en la solicitud y acreditarlo por los medios establecidos por el Instituto, una vez efectuada
la selección.
3.2.2. Modalidad formativa y calendario.
Las actividades formativas se realizarán en la modalidad, lugar y fechas detalladas
en cada uno de los anexos de este Plan. Si hubiese algún cambio sobre lo previsto será
comunicado con antelación suficiente.
La modalidad formativa puede ser Presencial (PR), Semipresencial (SP), Online o
Teleformación (TL), Aprendizaje Colaborativo (AC), Autoformación (AU) y Formación
Abierta (FA).
3.2.3. Derechos y obligaciones de las personas participantes.
Derechos.
- Asistir a las sesiones correspondientes de la acción formativa para la que ha sido
seleccionada cuando sea presencial, o acceder al entorno de formación online.
- Disponer del material didáctico y de apoyo previsto para la realización de la acción
formativa.
- Recibir un certificado de asistencia o aprovechamiento siempre que se hayan
cumplido las obligaciones establecidas en la guía del curso o la convocatoria de la
acción formativa.
Obligaciones.
- Observar las reglas elementales de participación, respeto y consideración hacia el
profesorado, compañeros y compañeras, y personal gestor del IAAP.
- Asistir al menos al 80% de las horas lectivas presenciales programadas cuando
la acción formativa sea presencial o semipresencial, sometiéndose a los controles
establecidos para ello.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252979
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía