Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2021/251-14)
Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2021, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021

página 20720/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN
Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2021, del Instituto Andaluz de
la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria
de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres
víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2022.
BDNS (Identif): 601945 (Línea 1), 601946 (Línea 2).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convoca mediante tramitación anticipada, en la modalidad de concesión de
régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, las
siguientes líneas de subvenciones en el marco de la Orden 23 de febrero de 2021, en
la cuantía máxima que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos
presupuestarios que asimismo se indican para cada línea:
Denominación de la línea
Línea 1: Ayudas económicas a víctimas de
violencia de género.
Línea 2. Ayudas económicas para mujeres
víctimas de violencia de género que acrediten
insuficiencia de recursos y especiales
dificultades para obtener un empleo.

Cuantía máxima (euros)

Posiciones presupuestarias

250.000

1631010000 G/31T/48003/00 01

970.000

1631180000 G/31T/48003/00 S0570

Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las mujeres víctimas de violencia de
género que cumplan los requisitos señalados en el Anexo I que se acompaña a este extracto.
Tercero. Objeto.
El objeto de cada una de las líneas convocadas se describe en el Anexo I que se
acompaña a esta resolución.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia no
competitiva, aprobadas mediante la Orden de 23 de febrero de 2021 (BOJA número 42,
de 4 de marzo de 2021).

Sexto. Solicitudes y lugar de presentación.
1. Las solicitudes irán dirigidas a la Persona Titular de la Dirección del Instituto
Andaluz de la Mujer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252987

Quinto. Importe.
La dotación máxima para la anualidad 2022 de cada una de las líneas convocadas se
reflejan en el cuadro recogido en el punto primero del presente extracto, sin perjuicio de lo
establecido en el dispongo primero punto 2 de la Resolución de 21 de diciembre de 2021
del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada
la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a
mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2022.