Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/251-5)
Extracto de la Orden de 14 de diciembre de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz en la modalidad de arrastre de fondo y en la modalidad de cerco.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021

página 20757/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Extracto de la Orden de 14 de diciembre de 2021, por la que se convocan para
el año 2021 las ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad
pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el
Caladero Nacional del Golfo de Cádiz en la modalidad de arrastre de fondo y en
la modalidad de cerco.
BDNS (Identif): 600836 y 600837.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.

Línea de ayuda
Paralización temporal de actividades
pesqueras (artículo 33.1.c) del Reglamento
Fondo Europeo Marítimo y de Pesca).
Flota con puerto base en Andalucía de la
modalidad de arrastre de fondo que faena
en el Caladero Nacional Golfo de Cádiz.
Paralización temporal de actividades
pesqueras (artículo 33.1.c) del Reglamento
Fondo Europeo Marítimo y de Pesca).
Flota con puerto base en Andalucía de
la modalidad de cerco que faena en el
Caladero Nacional Golfo de Cádiz.

Cuantía máxima
Armadores: 400.000 euros

Anualidad
2022

Partida presupuestaria
1300120000 G 71P 47300 00 G2311145G6

Tripulantes: 200.000 euros

2022

1300120000 G 71P 48300 00 G2311145G6

Armadores: 500.000 euros

2022

1300120000 G 71P 47300 00 G2311145G6

Tripulantes: 200.000 euros

2022

1300120000 G 71P 48300 00 G2311145G6

El periodo computable para acceder a las ayudas por la parada temporal de la flota de
cerco en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz es un mínimo de 30 días y un máximo
de 60 días, por un periodo mínimo de 5 días consecutivos. En el caso que dentro de los
periodos mínimos de 5 días consecutivos hubiera días de descanso obligatorio serán
contabilizados como periodo computable. Fuera del periodo mínimo computable de parada
el buque podrá realizar actividad pesquera en distinta modalidad o caladero y siempre que
el interesado cuente con los permisos reglamentarios. El periodo subvencionable será,
igualmente, por un máximo de 60 días y un mínimo de 30 días, dependiendo de la parada
realizada dentro del periodo computable de la parada para acceder a la ayuda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253023

Primero. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2021,
las ayudas destinadas a la paralización temporal de la flota con puerto base en Andalucía
de las modalidades de cerco y arrastre de fondo que faena en el Caladero Nacional del
Golfo de Cádiz.
Estas ayudas están reguladas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la
flota con puerto base en Andalucía, que faena en el Caladero Nacional, previstas en
el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, modificada
por la Orden de 29 de junio de 2021, y se convocan en el ámbito de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en la cuantía total máxima que se
especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican: