Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2021/251-11)
Decreto 287/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 484/2019, de 4 de junio, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno, para la creación de la Comisión Delegada para la Agenda 2030.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021
página 20862/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN
Las Comisiones Delegadas del Gobierno se rigen por el Decreto 484/2019 de de 4 de
junio, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del
Gobierno, que deroga el Decreto 281/2010, de 4 de mayo, para adaptarlas a la nueva
organización del Gobierno previsto en el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero,
de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.
El Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, establece
en su artículo 1.f) que corresponden a la Consejería de Igualdad Políticas Sociales y
Conciliación las políticas de la Junta de Andalucía que, en materia de igualdad, políticas
sociales, conciliación, participación ciudadana, innovación social, objetivos de desarrollo
sostenible, voluntariado y cooperación internacional para el desarrollo, tengan carácter
transversal. Así mismo, en el art. 4.2 g) se atribuye a la Viceconsejería la promoción y
coordinación de actuaciones de los órganos de la Administración Autonómica para el
cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) y la Agenda 2030, así como
la representación ante las Instituciones o instancias de ámbito superior.
Con el fin de impulsar las medidas necesarias para promover dicho cumplimiento, así
como realizar un seguimiento de las actuaciones e iniciativas que se lleven a cabo para
la implantación efectiva de la Agenda 2030, en el ámbito la Administración de la Junta
de Andalucía, y en definitiva, expresar el compromiso del Gobierno andaluz para lograr
los ODS (ODS 17) y mejorar la coherencia de las políticas públicas (meta 17.14) resulta
necesaria la creación de la Comisión Delegada del Gobierno para la Agenda 2030, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre.
El presente Decreto cumple con los principios de buena regulación a los que se
refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, dado que, en su elaboración, se ha actuado de
acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica,
transparencia y eficiencia. Así contiene la regulación imprescindible para atender la
necesidad a cubrir con la norma que se dicta en consonancia con el ordenamiento jurídico
autonómico, generando un marco normativo adecuado que aporta claridad y certidumbre
en relación con la composición y funciones de la Comisión Delegada, facilitando así su
conocimiento y comprensión, con lo que se da cumplimiento al principio de seguridad
jurídica establecido en el apartado 4 del artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, se trata de una norma que responde al principio de necesidad y eficacia en
la misma medida que lo hace al interés general, y se basa en una identificación clara de
los fines perseguidos y ser el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
En este sentido, la Administración de la Junta de Andalucía comparte los objetivos y
metas de la Agenda 2030, y persigue su incorporación efectiva en su actuación como
Administración Pública, por lo que para reforzar la coherencia y la coordinación de las
actuaciones realizadas por las consejerías, surge la necesidad de articular un órgano de
gobernanza que permita velar por la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible
(ODS) en nuestra Comunidad Autónoma.
Respecto al principio de proporcionalidad establecido en el artículo 129.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, la presente iniciativa contiene la regulación imprescindible para
atender la necesidad a cubrir con la misma y se trata de una disposición meramente
organizativa que no impone ningún tipo de medidas restrictivas de derechos u obligaciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253131
Decreto 287/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Decreto
484/2019, de 4 de junio, por el que se regula la composición y funciones de las
Comisiones Delegadas del Gobierno, para la creación de la Comisión Delegada
para la Agenda 2030.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021
página 20862/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN
Las Comisiones Delegadas del Gobierno se rigen por el Decreto 484/2019 de de 4 de
junio, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del
Gobierno, que deroga el Decreto 281/2010, de 4 de mayo, para adaptarlas a la nueva
organización del Gobierno previsto en el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero,
de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.
El Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, establece
en su artículo 1.f) que corresponden a la Consejería de Igualdad Políticas Sociales y
Conciliación las políticas de la Junta de Andalucía que, en materia de igualdad, políticas
sociales, conciliación, participación ciudadana, innovación social, objetivos de desarrollo
sostenible, voluntariado y cooperación internacional para el desarrollo, tengan carácter
transversal. Así mismo, en el art. 4.2 g) se atribuye a la Viceconsejería la promoción y
coordinación de actuaciones de los órganos de la Administración Autonómica para el
cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) y la Agenda 2030, así como
la representación ante las Instituciones o instancias de ámbito superior.
Con el fin de impulsar las medidas necesarias para promover dicho cumplimiento, así
como realizar un seguimiento de las actuaciones e iniciativas que se lleven a cabo para
la implantación efectiva de la Agenda 2030, en el ámbito la Administración de la Junta
de Andalucía, y en definitiva, expresar el compromiso del Gobierno andaluz para lograr
los ODS (ODS 17) y mejorar la coherencia de las políticas públicas (meta 17.14) resulta
necesaria la creación de la Comisión Delegada del Gobierno para la Agenda 2030, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre.
El presente Decreto cumple con los principios de buena regulación a los que se
refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, dado que, en su elaboración, se ha actuado de
acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica,
transparencia y eficiencia. Así contiene la regulación imprescindible para atender la
necesidad a cubrir con la norma que se dicta en consonancia con el ordenamiento jurídico
autonómico, generando un marco normativo adecuado que aporta claridad y certidumbre
en relación con la composición y funciones de la Comisión Delegada, facilitando así su
conocimiento y comprensión, con lo que se da cumplimiento al principio de seguridad
jurídica establecido en el apartado 4 del artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, se trata de una norma que responde al principio de necesidad y eficacia en
la misma medida que lo hace al interés general, y se basa en una identificación clara de
los fines perseguidos y ser el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
En este sentido, la Administración de la Junta de Andalucía comparte los objetivos y
metas de la Agenda 2030, y persigue su incorporación efectiva en su actuación como
Administración Pública, por lo que para reforzar la coherencia y la coordinación de las
actuaciones realizadas por las consejerías, surge la necesidad de articular un órgano de
gobernanza que permita velar por la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible
(ODS) en nuestra Comunidad Autónoma.
Respecto al principio de proporcionalidad establecido en el artículo 129.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, la presente iniciativa contiene la regulación imprescindible para
atender la necesidad a cubrir con la misma y se trata de una disposición meramente
organizativa que no impone ningún tipo de medidas restrictivas de derechos u obligaciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253131
Decreto 287/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Decreto
484/2019, de 4 de junio, por el que se regula la composición y funciones de las
Comisiones Delegadas del Gobierno, para la creación de la Comisión Delegada
para la Agenda 2030.