Autoridades y personal. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/595-1)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P. por la que se aprueba una Oferta de Empleo Público adicional y extraordinaria, para la estabilización de empleo temporal en esta Agencia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 95 - Jueves, 30 de diciembre de 2021

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Segundo. Del total de plazas que se ofertan de manera extraordinaria, en las
convocatorias de los respectivos procesos selectivos se reservará un cupo no inferior
al 10% para ser cubiertas entre personas con discapacidad; considerando como tales
las definidas en el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley General de Derechos de
las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. Se reservará en dicho cupo un porcentaje
específico del 2% para personas con discapacidad intelectual, y un 1% para personas
con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al
33%, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la
compatibilidad con el desempeño de las tareas. Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que
se establecen en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y
la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
La reserva establecida en el párrafo anterior se aplicará en los grupos y categorías
profesionales, cuyas actividades o funciones sean compatibles con la existencia de una
discapacidad. No computarán para el porcentaje reservado a personas discapacitadas
las plazas correspondientes al dispositivo operativo del Plan INFOCA que por sus
necesidades de desempeño profesional sean incompatibles con la existencia de una
discapacidad en las personas aspirantes.
Las plazas reservadas para personas con discapacidad intelectual se convocarán en
un turno independiente.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo
su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso
general, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el cupo de discapacidad,
se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas.
Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las del cupo general en las respectivas
convocatorias en las que se produzca dicha circunstancia, respetándose, en todo caso, la
correspondiente tasa de reposición prevista en la legislación básica estatal.
Tercero. La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la
cobertura de los puestos incluidos en esta Oferta de Empleo Público Extraordinaria,
deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022.
La articulación de estos procesos selectivos garantizará el cumplimiento de los
principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y será objeto de
negociación colectiva.

Quinto. El sistema de selección será el de concurso oposición o concurso, según se
indique en la convocatoria del proceso selectivo, con respeto en todo caso a las exigencias
legales y las previsiones del Convenio Colectivo, en lo que no se opongan a las mismas.
Los mecanismos de movilidad o de promoción interna previos de cobertura de plazas
serán compatibles con los procesos de estabilización.
La convocatoria de los procesos selectivos contendrá la indicación del sistema de
selección, los puestos que se ofertan, plazos de presentación de solicitudes, baremos
de puntuación para la valoración de méritos, tribunal de selección y demás aspectos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. En las convocatorias que se lleven a cabo por la Agencia de Medio
Ambiente y Agua M.P., dentro del límite de plazo establecido en la Ley para los procesos
extraordinarios de estabilización, se identificarán las plazas vacantes de naturaleza
estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza,
anterior al 1 de enero de 2016, a los efectos previstos en la disposición adicional sexta de
la Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.