Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/250-4)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se modifica la Resolución de 7 de julio de 2021, por la que se convocan los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, y el Anexo I de Solicitud de incentivo aprobado por Resolución de 2 de septiembre de 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20649/16
- En el caso de persona física que sí ejerce actividad económica y el vehículo objeto de incentivo es de categoría M1, indíquese si éste va a ser
utilizado para la prestación de servicio de Taxi o bien de Vehículo de Transporte con Conductor (VTC).
Tipología 2: Implantación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos, correspondiente al Programa de incentivos 2:
- Se indicará el título del proyecto. Debe ser descriptivo de la actuación objeto de la ayuda.
- Además, se indicará el tipo de uso que se hará de la infraestructura de recarga objeto de incentivo, esto es,
o
o
Uso público
Uso privado
o
o
o
o
o
o
o
o
Recarga vinculada: si la potencia es inferior a 7 kW
Recarga convencional: si la potencia es igual o superior a 7 kW e inferior a 15kW.
Recarga semirrápida si la potencia es igual o superior a 15kW e inferior a 40 kW
Recarga rápida1 si la potencia es igual o superior a 40kW e inferior a 50 kW
Recarga rápida2 si la potencia es igual o superior a 50kW e inferior a 100 kW
Recarga ultrarrápida si la potencia es igual o superior a 100kW
Preinstalación, en el caso de comunidades de propietarios
Se aclara que en caso de existir varias potencias en un mismo emplazamiento, habrán de formalizarse tantas solicitudes de ayuda
como tipos de recarga haya.
- Se indicará tanto el número de puntos de recarga que componen la instalación como el número de conectores, ya que en algunos sistemas
de recarga, un punto de recarga puede estar equipado con más de un conector.
- Se indicará la potencia total de la instalación, que debe coincidir con el total de la potencia disponible en todos los conectores de todos los
puntos de recarga que componen la infraestructura de recarga objeto de la ayuda.
- Se indicará si el emplazamiento de la instalación se ubica en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
- Se indicará el presupuesto de la actuación objeto de incentivo.
8. SOLICITUD, FECHA, LUGAR Y FIRMA
Deberá declarar que son ciertos cuantos datos figuran en el presente documento, y firmar el formulario.
La identidad de los solicitantes que sean personas físicas quedará acreditada a través del propio acto de la firma mediante su certificado de
firma electrónica.
En el caso de personas jurídicas o de entidades sin personalidad jurídica solicitantes, su identidad y la de sus personas representantes, así
como las facultades de representación de estas, quedarán acreditadas a través del propio acto de la firma mediante el certificado electrónico
cualificado de representante.
9. DIR3. CÓDIGO DIRECTORIO COMÚN DE UNIDADES ORGÁNICAS.
Con carácter general, este código aparecerá cumplimentado, en caso contrario podrá consultar en las oficinas de asistencia en materia de
registros
o
bien
en
esta
dirección:
https://ws024.juntadeandalucia.es/ae/directoriocomundeunidadesorganicas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00252901
003586/1
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
- Así mismo, se clasificará la instalación objeto de la ayuda según el tipo de recarga que suministrará, esto es:
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20649/16
- En el caso de persona física que sí ejerce actividad económica y el vehículo objeto de incentivo es de categoría M1, indíquese si éste va a ser
utilizado para la prestación de servicio de Taxi o bien de Vehículo de Transporte con Conductor (VTC).
Tipología 2: Implantación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos, correspondiente al Programa de incentivos 2:
- Se indicará el título del proyecto. Debe ser descriptivo de la actuación objeto de la ayuda.
- Además, se indicará el tipo de uso que se hará de la infraestructura de recarga objeto de incentivo, esto es,
o
o
Uso público
Uso privado
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Recarga vinculada: si la potencia es inferior a 7 kW
Recarga convencional: si la potencia es igual o superior a 7 kW e inferior a 15kW.
Recarga semirrápida si la potencia es igual o superior a 15kW e inferior a 40 kW
Recarga rápida1 si la potencia es igual o superior a 40kW e inferior a 50 kW
Recarga rápida2 si la potencia es igual o superior a 50kW e inferior a 100 kW
Recarga ultrarrápida si la potencia es igual o superior a 100kW
Preinstalación, en el caso de comunidades de propietarios
Se aclara que en caso de existir varias potencias en un mismo emplazamiento, habrán de formalizarse tantas solicitudes de ayuda
como tipos de recarga haya.
- Se indicará tanto el número de puntos de recarga que componen la instalación como el número de conectores, ya que en algunos sistemas
de recarga, un punto de recarga puede estar equipado con más de un conector.
- Se indicará la potencia total de la instalación, que debe coincidir con el total de la potencia disponible en todos los conectores de todos los
puntos de recarga que componen la infraestructura de recarga objeto de la ayuda.
- Se indicará si el emplazamiento de la instalación se ubica en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
- Se indicará el presupuesto de la actuación objeto de incentivo.
8. SOLICITUD, FECHA, LUGAR Y FIRMA
Deberá declarar que son ciertos cuantos datos figuran en el presente documento, y firmar el formulario.
La identidad de los solicitantes que sean personas físicas quedará acreditada a través del propio acto de la firma mediante su certificado de
firma electrónica.
En el caso de personas jurídicas o de entidades sin personalidad jurídica solicitantes, su identidad y la de sus personas representantes, así
como las facultades de representación de estas, quedarán acreditadas a través del propio acto de la firma mediante el certificado electrónico
cualificado de representante.
9. DIR3. CÓDIGO DIRECTORIO COMÚN DE UNIDADES ORGÁNICAS.
Con carácter general, este código aparecerá cumplimentado, en caso contrario podrá consultar en las oficinas de asistencia en materia de
registros
o
bien
en
esta
dirección:
https://ws024.juntadeandalucia.es/ae/directoriocomundeunidadesorganicas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00252901
003586/1
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
- Así mismo, se clasificará la instalación objeto de la ayuda según el tipo de recarga que suministrará, esto es:
http://www.juntadeandalucia.es/eboja