Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/250-4)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se modifica la Resolución de 7 de julio de 2021, por la que se convocan los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, y el Anexo I de Solicitud de incentivo aprobado por Resolución de 2 de septiembre de 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20649/15
En los casos de que las entidades o personas solicitantes no presenten la solicitud de incentivo mediante su certificado de firma electrónica al
haber suscrito el formulario IA de Otorgamiento de la representación/cesión del derecho de cobro y derecho de oposición a la empresa
adherida, incluido el supuesto de que el solicitante sea una entidad sin personalidad jurídica en la que concurran una pluralidad de personas o
entidades beneficiarias, los datos de las personas físicas solicitantes o de las personas representantes se comprobará a través del Sistema de
Verificación de Datos de Identidad de la plataforma de intermediación y supresión de los certificados en soporte papel (SCSP). Solo será
necesario aportar la documentación acreditativa si existiera oposición expresa a la consulta por medios electrónicos prevista en la
En los casos de entidades sin personalidad jurídica en las que concurran una pluralidad de personas o entidades beneficiarias, para la
realización de las consultas por medios electrónicos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de hallarse al
corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, y de no tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de
derecho público de la Junta de Andalucía, se recabará el consentimiento expreso de las mismas a través del Anexo III. Sólo será necesario
aportar los certificados acreditativos de estar al corriente de la pluralidad de interesados en caso de que no se haya prestado el
consentimiento expreso por cada uno de ellos, a través del Anexo III.
7. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN
Deberá cumplimentar este apartado con los datos correspondientes a la actividad, proyecto, comportamiento o situación para la que se
solicita la subvención.
•DATOS GENERALES DEL PROYECTO
Actividad de la persona o entidad beneficiaria (solo en caso de empresas): se seleccionará la actividad económica, mostrándose además el
epígrafe IAE y el CNAE principal del beneficiario.
Emplazamiento de la actuación/centro de actividad: se identificará el emplazamiento de la actuación objeto de incentivo hasta el nivel de
entidad de población. En el caso de actuaciones del Programa de incentivos 1, se cumplimentará el emplazamiento de los usuarios de los
vehículos o de los centros de actividad a los que estén adscritos dichos vehículos.
•DATOS GENERALES DE LA ACTUACIÓN SOLICITADA
Tipología de actuación solicitada: se seleccionará una de las dos tipologías de actuación (1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables o
de pila de combustible, correspondiente al Programa de incentivos 1 / 2: Implantación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos,
correspondiente al Programa de incentivos 2).
Así mismo, habrá de marcarse si la actuación objeto de incentivo se ha formalizado con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.
•DATOS PARTICULARES DE LA ACTUACION SOLICITADA
Tipología 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables o de pila de combustible, correspondiente al Programa de incentivos 1:
Se indicará si el suministro del vehículo se realiza a través de un concesionario o punto de venta o bien a través de una empresa de «renting».
En el primero de los casos, cuando el suministro se efectúe a través de concesionario o punto de venta, indíquese si se trata de una operación
de venta directa o de «renting» o leasing operativo.
Márquese las opciones que procedan en los casos siguientes:
- Si se acreditará la baja definitiva de la circulación de un vehículo matriculado en España cuyo titular sea el solicitante del incentivo.
- Si el vehículo objeto de incentivo es un vehículo de demostración con hasta nueve meses de antigüedad desde su primera matriculación y
cuya titularidad la ostentaba un concesionario o punto de venta del grupo fabricante/importador que realice la venta del vehículo al
solicitante del incentivo y además, se deberá identificar el NIF del titular de la primera matriculación del vehículo.
- En el caso de que el vehículo objeto de la ayuda sea de categoría M1 o N1, y el solicitante del incentivo sea una persona física, indíquese si
tiene una discapacidad con movilidad reducida y el vehículo es adaptado o se adaptará para su conducción, constando dicha adaptación en la
ficha técnica del vehículo adquirido.
- En el caso de persona física que no ejerce actividad económica, si se encuentra empadronada en un municipio de menos de 5.000 habitantes
con anterioridad a la fecha de la factura de la adquisición del vehículo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00252901
003586/1
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
convocatoria, para lo cual se podrá utilizar el referido Anexo IA, o en su caso el Anexo II".
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20649/15
En los casos de que las entidades o personas solicitantes no presenten la solicitud de incentivo mediante su certificado de firma electrónica al
haber suscrito el formulario IA de Otorgamiento de la representación/cesión del derecho de cobro y derecho de oposición a la empresa
adherida, incluido el supuesto de que el solicitante sea una entidad sin personalidad jurídica en la que concurran una pluralidad de personas o
entidades beneficiarias, los datos de las personas físicas solicitantes o de las personas representantes se comprobará a través del Sistema de
Verificación de Datos de Identidad de la plataforma de intermediación y supresión de los certificados en soporte papel (SCSP). Solo será
necesario aportar la documentación acreditativa si existiera oposición expresa a la consulta por medios electrónicos prevista en la
En los casos de entidades sin personalidad jurídica en las que concurran una pluralidad de personas o entidades beneficiarias, para la
realización de las consultas por medios electrónicos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de hallarse al
corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, y de no tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de
derecho público de la Junta de Andalucía, se recabará el consentimiento expreso de las mismas a través del Anexo III. Sólo será necesario
aportar los certificados acreditativos de estar al corriente de la pluralidad de interesados en caso de que no se haya prestado el
consentimiento expreso por cada uno de ellos, a través del Anexo III.
7. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN
Deberá cumplimentar este apartado con los datos correspondientes a la actividad, proyecto, comportamiento o situación para la que se
solicita la subvención.
•DATOS GENERALES DEL PROYECTO
Actividad de la persona o entidad beneficiaria (solo en caso de empresas): se seleccionará la actividad económica, mostrándose además el
epígrafe IAE y el CNAE principal del beneficiario.
Emplazamiento de la actuación/centro de actividad: se identificará el emplazamiento de la actuación objeto de incentivo hasta el nivel de
entidad de población. En el caso de actuaciones del Programa de incentivos 1, se cumplimentará el emplazamiento de los usuarios de los
vehículos o de los centros de actividad a los que estén adscritos dichos vehículos.
•DATOS GENERALES DE LA ACTUACIÓN SOLICITADA
Tipología de actuación solicitada: se seleccionará una de las dos tipologías de actuación (1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables o
de pila de combustible, correspondiente al Programa de incentivos 1 / 2: Implantación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos,
correspondiente al Programa de incentivos 2).
Así mismo, habrá de marcarse si la actuación objeto de incentivo se ha formalizado con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.
•DATOS PARTICULARES DE LA ACTUACION SOLICITADA
Tipología 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables o de pila de combustible, correspondiente al Programa de incentivos 1:
Se indicará si el suministro del vehículo se realiza a través de un concesionario o punto de venta o bien a través de una empresa de «renting».
En el primero de los casos, cuando el suministro se efectúe a través de concesionario o punto de venta, indíquese si se trata de una operación
de venta directa o de «renting» o leasing operativo.
Márquese las opciones que procedan en los casos siguientes:
- Si se acreditará la baja definitiva de la circulación de un vehículo matriculado en España cuyo titular sea el solicitante del incentivo.
- Si el vehículo objeto de incentivo es un vehículo de demostración con hasta nueve meses de antigüedad desde su primera matriculación y
cuya titularidad la ostentaba un concesionario o punto de venta del grupo fabricante/importador que realice la venta del vehículo al
solicitante del incentivo y además, se deberá identificar el NIF del titular de la primera matriculación del vehículo.
- En el caso de que el vehículo objeto de la ayuda sea de categoría M1 o N1, y el solicitante del incentivo sea una persona física, indíquese si
tiene una discapacidad con movilidad reducida y el vehículo es adaptado o se adaptará para su conducción, constando dicha adaptación en la
ficha técnica del vehículo adquirido.
- En el caso de persona física que no ejerce actividad económica, si se encuentra empadronada en un municipio de menos de 5.000 habitantes
con anterioridad a la fecha de la factura de la adquisición del vehículo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00252901
003586/1
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
convocatoria, para lo cual se podrá utilizar el referido Anexo IA, o en su caso el Anexo II".
http://www.juntadeandalucia.es/eboja