Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/250-17)
Decreto 295/2021, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público Extraordinaria 2021 para la estabilización de empleo temporal en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20859/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone, en su artículo 55.2, que corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia compartida con el Estado sobre el régimen
estatutario y la formación del personal que presta servicios en el sistema sanitario público.
Igualmente, el artículo 76.2.a), establece la competencia exclusiva de la Comunidad
Autónoma sobre la planificación, organización general, la formación y la acción social
de su función pública en todos los sectores materiales de prestación de los servicios
públicos de la Comunidad Autónoma.
El artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2017 prevé que determinadas Administraciones y sectores podían
disponer en los ejercicios 2017 a 2019 de una tasa adicional para estabilización de empleo
temporal, que podía incluir el 90% de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente,
hubiesen estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres
años anteriores a 31 de diciembre de 2016. Junto a lo anterior, se establecía, además,
que las Administraciones Públicas podían disponer en los mismos ejercicios 2017 a 2019
de una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal de aquellas plazas que
estuviesen dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de
2005, hubiesen estado ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal, en los términos
previstos en la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre.
En virtud de dicha habilitación, se dictó el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por
el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal
en la Administración de la Junta de Andalucía.
Posteriormente, se aprobó la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018, que en su artículo 19.Uno.9 prevé que, además de lo establecido
en la Ley 3/2017, de 27 de junio, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de
empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas
presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente
al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017 en los siguientes sectores
y colectivos: personal de los servicios de administración y servicios generales, de
investigación, de salud pública e inspección médica así como otros servicios públicos.
Asimismo, la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 prevé,
en su disposición adicional vigésima novena, apartado Uno.7, que las entidades públicas
empresariales podrán disponer de dicha tasa adicional para la estabilización de empleo
temporal. En este sentido dispone que los procesos de estabilización deberán aprobarse
y publicarse en los ejercicios 2018 a 2020.
Al amparo de lo anterior, se dictó el Decreto 168/2020, de 6 de octubre, por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo
temporal en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, que tenía un total de 1.005
plazas distribuidos entre las cinco Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, en
adelante APES.
El artículo 2.1 del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público, dispone que adicionalmente a lo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253128
Decreto 295/2021, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público Extraordinaria 2021 para la estabilización de empleo temporal
en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20859/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone, en su artículo 55.2, que corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia compartida con el Estado sobre el régimen
estatutario y la formación del personal que presta servicios en el sistema sanitario público.
Igualmente, el artículo 76.2.a), establece la competencia exclusiva de la Comunidad
Autónoma sobre la planificación, organización general, la formación y la acción social
de su función pública en todos los sectores materiales de prestación de los servicios
públicos de la Comunidad Autónoma.
El artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2017 prevé que determinadas Administraciones y sectores podían
disponer en los ejercicios 2017 a 2019 de una tasa adicional para estabilización de empleo
temporal, que podía incluir el 90% de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente,
hubiesen estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres
años anteriores a 31 de diciembre de 2016. Junto a lo anterior, se establecía, además,
que las Administraciones Públicas podían disponer en los mismos ejercicios 2017 a 2019
de una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal de aquellas plazas que
estuviesen dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de
2005, hubiesen estado ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal, en los términos
previstos en la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre.
En virtud de dicha habilitación, se dictó el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por
el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal
en la Administración de la Junta de Andalucía.
Posteriormente, se aprobó la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018, que en su artículo 19.Uno.9 prevé que, además de lo establecido
en la Ley 3/2017, de 27 de junio, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de
empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas
presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente
al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017 en los siguientes sectores
y colectivos: personal de los servicios de administración y servicios generales, de
investigación, de salud pública e inspección médica así como otros servicios públicos.
Asimismo, la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 prevé,
en su disposición adicional vigésima novena, apartado Uno.7, que las entidades públicas
empresariales podrán disponer de dicha tasa adicional para la estabilización de empleo
temporal. En este sentido dispone que los procesos de estabilización deberán aprobarse
y publicarse en los ejercicios 2018 a 2020.
Al amparo de lo anterior, se dictó el Decreto 168/2020, de 6 de octubre, por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo
temporal en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, que tenía un total de 1.005
plazas distribuidos entre las cinco Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, en
adelante APES.
El artículo 2.1 del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público, dispone que adicionalmente a lo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253128
Decreto 295/2021, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público Extraordinaria 2021 para la estabilización de empleo temporal
en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias.