3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-29)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2022, una vez aprobado por el Consejo Social.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA
ORGANISMO:
ANEXO
II y IIIde la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
página 20633/7
Hoja 7 de 151
a) Aprobarán un límite máximo de gasto de carácter anual que no podrá rebasarse.
b) Los presupuestos y sus liquidaciones harán una referencia expresa al cumplimiento del equilibrio y
sostenibilidad financiera”.
Por tanto, hemos de observar el texto de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (BOE n° 103, de 103, de 30 de abril), cuyo artículo 3 establece que
por estabilidad presupuestaria ha de entenderse la situación de equilibrio o superávit estructural.
Asimismo, el artículo 4 del mismo precepto legal determina que se entenderá por sostenibilidad
financiera la capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit
y deuda pública, conforme a lo establecido en esta Ley y en la normativa europea.
No obstante, derivada de la situación de pandemia sanitaria que está atravesando nuestro país, el
acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2021, ratificado por el Congreso de los Diputados el pasado
13 de septiembre de 2021, ha venido a determinar el mantenimiento de la suspensión de las reglas fiscales
para el año 2022, en lo que respecta a los objetivos de déficit y de deuda, por apreciarse la persistencia de
circunstancias excepcionales que autorizan la superación de los límites de déficit estructural y deuda pública
conforme a lo previsto en los artículos 135.4 de la constitución Española y 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de
27 a abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. No obstante, mantiene vigente el
cumplimiento de los criterios establecidos legalmente para el periodo medio de pago (PMP) o el límite de gasto
no financiero recogido en el art. 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera. De hecho, derivado de la suspensión de las reglas fiscales, los objetivos de
estabilidad se han sustituido por unas tasas de referencia del déficit público , situándolo en un 5% del PIB para
el conjunto de todas las Administraciones Públicas Españolas, y en un 0,6% para las Comunidades
Autónomas.
Además, de acuerdo a la disposición adicional primera del anteproyecto de presupuestos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2022 se indica que “En cumplimiento de las exigencias de los
principios de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera contemplados en la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril, en el caso de apreciarse un riesgo de incumplimiento del objetivo de estabilidad
presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, el Consejo de Gobierno, a propuesta de
la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, podrá aprobar una declaración de no
disponibilidad de los créditos consignados en el presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para 2022, en la cuantía y distribución que sean necesarios, así como cualesquiera otras medidas
preventivas o correctivas, para reconducir la ejecución presupuestaria dentro de los límites que garanticen el
cumplimiento de los objetivos de estabilidad”.
En este marco legal, la Gerencia de la Universidad de Granada realiza la siguiente referencia expresa
al cumplimiento del equilibrio y sostenibilidad financiera, como elemento integrante del presupuesto de esta
institución para el ejercicio económico 2022.
00252897
Considerando el detalle de consignaciones presupuestarias de gastos e ingresos del presupuesto del
ejercicio económico 2022, observadas las proyecciones financieras para el periodo 2022-2024 que enmarcan
las mismas, y teniendo en cuenta la cuantificación del límite máximo de gasto para el ejercicio 202 2, esta
Gerencia entiende que, siempre y cuando durante tal ejercicio se apliquen las políticas de prudencia,
austeridad y correlación entre la ejecución de ingresos y la ejecución de gastos, y en la medida que el grado
de cumplimiento de las previsiones se acerque razonablemente a lo estimado en el presupuesto, la liquidación
presupuestaria prevista a 31 de diciembre de 2022 no incurrirá en déficit. No obstante, se pone énfasis en la
difícil situación financiera de financiación por parte de la Comunidad Autónoma que no ha incrementado de
manera sustancial su financiación a las universidades andaluzas para el previsible cumplimie nto de sus
obligaciones, así como a la posible futura incidencia de la pandemia sanitaria tanto en el mayor volumen de
gasto como en la disminución de recursos que esto podría suponer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
ADMINISTRACIÓN LOCAL
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BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA
ORGANISMO:
ANEXO
II y IIIde la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
página 20633/7
Hoja 7 de 151
a) Aprobarán un límite máximo de gasto de carácter anual que no podrá rebasarse.
b) Los presupuestos y sus liquidaciones harán una referencia expresa al cumplimiento del equilibrio y
sostenibilidad financiera”.
Por tanto, hemos de observar el texto de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (BOE n° 103, de 103, de 30 de abril), cuyo artículo 3 establece que
por estabilidad presupuestaria ha de entenderse la situación de equilibrio o superávit estructural.
Asimismo, el artículo 4 del mismo precepto legal determina que se entenderá por sostenibilidad
financiera la capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit
y deuda pública, conforme a lo establecido en esta Ley y en la normativa europea.
No obstante, derivada de la situación de pandemia sanitaria que está atravesando nuestro país, el
acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2021, ratificado por el Congreso de los Diputados el pasado
13 de septiembre de 2021, ha venido a determinar el mantenimiento de la suspensión de las reglas fiscales
para el año 2022, en lo que respecta a los objetivos de déficit y de deuda, por apreciarse la persistencia de
circunstancias excepcionales que autorizan la superación de los límites de déficit estructural y deuda pública
conforme a lo previsto en los artículos 135.4 de la constitución Española y 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de
27 a abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. No obstante, mantiene vigente el
cumplimiento de los criterios establecidos legalmente para el periodo medio de pago (PMP) o el límite de gasto
no financiero recogido en el art. 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera. De hecho, derivado de la suspensión de las reglas fiscales, los objetivos de
estabilidad se han sustituido por unas tasas de referencia del déficit público , situándolo en un 5% del PIB para
el conjunto de todas las Administraciones Públicas Españolas, y en un 0,6% para las Comunidades
Autónomas.
Además, de acuerdo a la disposición adicional primera del anteproyecto de presupuestos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2022 se indica que “En cumplimiento de las exigencias de los
principios de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera contemplados en la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril, en el caso de apreciarse un riesgo de incumplimiento del objetivo de estabilidad
presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, el Consejo de Gobierno, a propuesta de
la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, podrá aprobar una declaración de no
disponibilidad de los créditos consignados en el presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para 2022, en la cuantía y distribución que sean necesarios, así como cualesquiera otras medidas
preventivas o correctivas, para reconducir la ejecución presupuestaria dentro de los límites que garanticen el
cumplimiento de los objetivos de estabilidad”.
En este marco legal, la Gerencia de la Universidad de Granada realiza la siguiente referencia expresa
al cumplimiento del equilibrio y sostenibilidad financiera, como elemento integrante del presupuesto de esta
institución para el ejercicio económico 2022.
00252897
Considerando el detalle de consignaciones presupuestarias de gastos e ingresos del presupuesto del
ejercicio económico 2022, observadas las proyecciones financieras para el periodo 2022-2024 que enmarcan
las mismas, y teniendo en cuenta la cuantificación del límite máximo de gasto para el ejercicio 202 2, esta
Gerencia entiende que, siempre y cuando durante tal ejercicio se apliquen las políticas de prudencia,
austeridad y correlación entre la ejecución de ingresos y la ejecución de gastos, y en la medida que el grado
de cumplimiento de las previsiones se acerque razonablemente a lo estimado en el presupuesto, la liquidación
presupuestaria prevista a 31 de diciembre de 2022 no incurrirá en déficit. No obstante, se pone énfasis en la
difícil situación financiera de financiación por parte de la Comunidad Autónoma que no ha incrementado de
manera sustancial su financiación a las universidades andaluzas para el previsible cumplimie nto de sus
obligaciones, así como a la posible futura incidencia de la pandemia sanitaria tanto en el mayor volumen de
gasto como en la disminución de recursos que esto podría suponer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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