3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-29)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2022, una vez aprobado por el Consejo Social.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA

ANEXO
II y IIIde la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial

Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

ORGANISMO:

página 20633/31
Hoja 31 de 151

Artículo 21. Aprobación del presupuesto. .
Elaborado el proyecto de presupuesto la Gerente lo remitirá al Consejo Social para su estudio, preferentemente
antes del 1 de diciembre de cada ejercicio. Asimismo, en el mes de diciembre lo elevará al Consejo de Gobierno
para su aprobación provisional y posterior remisión al Consejo Social para su aprobación definitiva.
Artículo 22. Prórroga del Presupuesto.
1. De conformidad con el artículo 224.3 de los Estatutos, si al iniciarse el ejercicio económico de 2022 no se
hubiese aprobado el presupuesto correspondiente, se entenderá automáticamente prorrogado el presupuesto
inicial del ejercicio anterior, en las aplicaciones presupuestarias pertinentes, y hasta que se produzca dicha
aprobación.
2. La prórroga no afectará a los créditos para gastos correspondientes a servicios o programas que tengan que
acabar en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan, por lo que, la Rectora, a propuesta de la Gerente,
aprobará los ajustes técnicos procedentes.
3. Mediante Resolución de la Gerente, podrá autorizarse la declaración de no disponibilidad de algunos de los
créditos prorrogados con la finalidad de no incurrir en obligaciones superiores a los créditos que finalmente se
autoricen con la aprobación de los Presupuestos de la Ugr para el ejercicio 2022. Dichas medidas serán
informadas al Consejo de Gobierno previa consideración y, en su caso, aprobación del Consejo Social en la
primera sesión posterior que se celebre.
4. El presupuesto prorrogado podrá ser objeto de todas las modificaciones presupuestarias previstas en la
normativa vigente, las cuales se incorporarán al mismo, si procede.
CAPÍTULO III: ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO.
Artículo 23. Estructura del Presupuesto.
1. La estructura del Presupuesto de la Ugr se adapta a las normas que, con carácter general, se encuentran
establecidas para el sector público andaluz.
2. La estructura del Presupuesto se determina teniendo en cuenta la organización y distribución entre los diversos
Centros de Gasto de la Ugr (clasificación orgánica), la naturaleza económica de los ingresos y de los gastos
(clasificación económica), y las finalidades u objetivos que con estos últimos se pretende conseguir (clasificación
funcional).
3. En concordancia con la normativa aplicable, el Estado de Gastos se presenta de acuerdo con su clasificación
orgánica, funcional y económica. El Estado de Ingresos, por su parte, se presenta de acuerdo con su clasificación
orgánica y económica.
SECCIÓN PRIMERA: ESTRUCTURA DEL ESTADO DE GASTOS.
Artículo 24. Clasificación funcional.

00252897

La clasificación funcional agrupa los créditos para gastos en atención de la finalidad y objetivos perseguidos. La
asignación de los créditos se efectúa dentro de una estructura de programas generales y subprogramas o
programas propios, en función de los objetivos académicos y de gestión, extensión cultural e investigación que se
pretenden conseguir.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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