Autoridades y personal. Consejería de Educación y Deporte. (2021/249-9)
Decreto 265/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2021 para ingreso en los Cuerpos de Maestros, de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas y de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, para acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y para adquisición de nuevas especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20698/4

de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión
social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, reservando
dentro de dicho cupo un porcentaje específico del 2% para personas con discapacidad
intelectual, y un 1% para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de
discapacidad igual o superior al 33%, siempre que superen los procesos selectivos y
acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. Todo ello
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público y en las condiciones que se establecen en el artículo 28 de
la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con
Discapacidad en Andalucía.
2. En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de
discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas
no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán al turno general.
Artículo 7. Obligación de relacionarse electrónicamente en los procedimientos
selectivos.
Quienes aspiren a ingresar o acceder a los cuerpos y especialidades de
personal funcionario docente previstas en el presente decreto deberán relacionarse
obligatoriamente a través de medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 14.2.e) y 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Disposición final primera. Habilitación para desarrollo y aplicación.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación para
dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de este decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de diciembre de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte

ANEXO I
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE INGRESO 2021

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

00252962

CUERPO Y ESPECIALIDADES
NÚM. DE PLAZAS
Cuerpo de Maestros
031 Educación Infantil
150
032 Lengua Extranjera: Inglés
150
033 Lengua Extranjera: Francés
25
034 Educación Física
100
035 Música
25
036 Pedagogía Terapéutica.
100
037 Audición y Lenguaje
50
038 Educación Primaria
500
TOTAL CUERPO
1.100

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