3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/247-75)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la CPOTU de 16 de diciembre de 2021, referente a la Corrección de Errores del PGOU de Tarifa, parcelas C/ Calzadilla de Téllez.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 247 - Lunes, 27 de diciembre de 2021
página 20506/2
Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, dicta el presente acuerdo
conforme a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El municipio de Tarifa cuenta como instrumento de planeamiento urbanístico
general vigente con un Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) aprobado
definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en
sesión celebrada el 27 de julio de 1990, siendo el Texto Refundido aceptado por dicho
órgano colegiado en sesión celebrada el 18 de octubre de 1995. Este instrumento
fue adaptado parcialmente a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)
por Acuerdo del Ayuntamiento de Tarifa de fecha 23 de marzo de 2010 siguiendo el
procedimiento establecido por el Decreto 11/2008, de 22 de enero.
Segundo. La Corrección propuesta considera que en la documentación gráfica del
PGOU, concretamente en el plano de ordenación 4.2 de Estructura General (E 1:2000),
existen unas parcelas en suelo urbano consolidado que, por error, no se adscriben a
ninguna zona de ordenanza estimándose que debería subsanarse adscribiéndolas a la
denominada «vivienda plurifamiliar o colectiva» por ser la dominante en su entorno.
Se considera por el Ayuntamiento de Tarifa, a tenor de la documentación presentada,
que las citadas parcelas debieran haber sido identificadas en el plano de ordenación
4.2 con una «P» lo que supondría su inclusión en la zona de ordenanza de «vivienda
plurifamiliar o colectiva».
Tercero. Con fecha 24 de agosto de 2021 se recibe en esta Delegación Territorial
escrito remitido por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tarifa solicitando la
aprobación definitiva de la Corrección de Errores del PGOU de Tarifa en el régimen
urbanístico asignado a dos parcelas en zona próxima a la C/ Calzadilla de Téllez, para lo
que remite expediente administrativo y documento técnico.
Cuarto. Una vez completada la documentación del expediente, el Servicio de Urbanismo
de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio emite Informe de fecha 26 de noviembre de 2021.
Primero. De conformidad con las competencias establecidas por el artículo
12 del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías; y el Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, las competencias en materia de ordenación del territorio
y del litoral y urbanismo corresponden a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio. En el artículo 2.4.k) del Decreto 107/2019 se adscriben a esta
Consejería las Comisiones Territoriales de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
El Decreto 36/2014 distribuye las competencias que en materia de urbanismo tiene la
Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA, entre los
diferentes órganos de la Administración Andaluza.
Mediante Decreto 32/2019, de 5 de febrero, se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, y se crea la Delegación Territorial
de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico
como órgano periférico de la Consejería.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252774
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 247 - Lunes, 27 de diciembre de 2021
página 20506/2
Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, dicta el presente acuerdo
conforme a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El municipio de Tarifa cuenta como instrumento de planeamiento urbanístico
general vigente con un Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) aprobado
definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en
sesión celebrada el 27 de julio de 1990, siendo el Texto Refundido aceptado por dicho
órgano colegiado en sesión celebrada el 18 de octubre de 1995. Este instrumento
fue adaptado parcialmente a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)
por Acuerdo del Ayuntamiento de Tarifa de fecha 23 de marzo de 2010 siguiendo el
procedimiento establecido por el Decreto 11/2008, de 22 de enero.
Segundo. La Corrección propuesta considera que en la documentación gráfica del
PGOU, concretamente en el plano de ordenación 4.2 de Estructura General (E 1:2000),
existen unas parcelas en suelo urbano consolidado que, por error, no se adscriben a
ninguna zona de ordenanza estimándose que debería subsanarse adscribiéndolas a la
denominada «vivienda plurifamiliar o colectiva» por ser la dominante en su entorno.
Se considera por el Ayuntamiento de Tarifa, a tenor de la documentación presentada,
que las citadas parcelas debieran haber sido identificadas en el plano de ordenación
4.2 con una «P» lo que supondría su inclusión en la zona de ordenanza de «vivienda
plurifamiliar o colectiva».
Tercero. Con fecha 24 de agosto de 2021 se recibe en esta Delegación Territorial
escrito remitido por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tarifa solicitando la
aprobación definitiva de la Corrección de Errores del PGOU de Tarifa en el régimen
urbanístico asignado a dos parcelas en zona próxima a la C/ Calzadilla de Téllez, para lo
que remite expediente administrativo y documento técnico.
Cuarto. Una vez completada la documentación del expediente, el Servicio de Urbanismo
de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio emite Informe de fecha 26 de noviembre de 2021.
Primero. De conformidad con las competencias establecidas por el artículo
12 del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías; y el Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, las competencias en materia de ordenación del territorio
y del litoral y urbanismo corresponden a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio. En el artículo 2.4.k) del Decreto 107/2019 se adscriben a esta
Consejería las Comisiones Territoriales de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
El Decreto 36/2014 distribuye las competencias que en materia de urbanismo tiene la
Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA, entre los
diferentes órganos de la Administración Andaluza.
Mediante Decreto 32/2019, de 5 de febrero, se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, y se crea la Delegación Territorial
de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico
como órgano periférico de la Consejería.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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